PRESTAMISTAS: otro peligro para los consumidores en tiempos de crisis

  • Perder la vivienda por un préstamo de 10.000 euros

  • Los préstamos entre particulares en España son el paraíso del estafador ante la inactividad generalizada

  • Al que da como si fuera un conocido un crédito hipotecario no se le exigen garantías para proteger al consumidor

  • Varios blogs están dedicados a esta dramática realidad poco conocida – http://estafasdeprestamistas.blogspot.com.es/
    http://stop-estafadores.blogspot.com.es/

Reproducimos aquí un artículo de la periodista INMACULADA DE LA VEGA para prevenir a todos aquellos que necesiten dinero: ojo, los prestamistas pueden quedarse con tu casa por muy poco dinero!

“No puedo entender que a los juzgados lleguen miles de casos, que siempre sean los mismos los que engañan y que nadie se de cuenta, ni haga nada…”, comenta Antonio Garrido, protagonista de una historia que se repite una y otra vez. Con los reveses de la crisis, abrumado por las deudas y sin ver ninguna salida, en la propia entidad financiera en la que le negaban un nuevo crédito, le hablaron de las empresas de “capital privado” que podían prestarle dinero.

En Internet se topó con una empresa de dinero rápido. Llamó y las respuestas tranquilizándole se sucedieron. “Nos dijeron que nos darían un préstamo para pagar nuestras deudas que podrán devolver gracias a que ellos sí nos iban a conseguir una hipoteca bancaria en una entidad de primer orden”. Todo estaba resuelto pero… necesitan las escrituras de un inmueble. “Con todo el dolor de mi alma, recurrí a la casa de mis padres que viven en los Pirineos porque no tenía otra”. Llegó el día de la firma en una notaria de Lérida. Seis personas le atendieron y convencieron. “Me dieron 24.000 euros para pagar mis deudas, a devolver en seis meses”.

Como en todos los casos, un buen pellizco era para los mediadores. Y, como siempre, el teléfono dejó de sonar. El tiempo pasó y la deuda era inasumible. Gracias a que un abogado conocido interpuso una querella se paralizó el posible embargo. Hace cinco años que vive temiendo que su madre acabe en la calle y sin un euro en el bolsillo. Javier Camprubí es el nombre del prestamista pero la empresa cambió de nombre y domicilio y el notario, de sede.

En el caso de Ernesto Soriano, que vive con su abuela, tuvo la suerte de que el Instituto de la Vivienda de Madrid (Ivima) le adjudicara en 2007 un piso con un precio un 40% menor que el de mercado. Una alegría. Para pagar los 19.000 euros de entrada pidieron una hipoteca al Santander, denegada tanto a la abuela de 72 años como al nieto, de 22. Al ir a la compra, esta vio un anuncio de Punto Financiero. Le cobraban 4.000 euros de honorarios pero le darían ese importe a pagar en pequeñas cuotas. Eso sí, les pidieron las escrituras del piso.

Ante el notario recibieron un sobre con los 19.000 euros. También estaba presente el prestamista César Ibáñez. Pero firmaron haber recibido 37.000 euros y, además, con un recargo del 30% de intereses por cada día de retraso en el pago. Cuando quisieron darse cuenta, la situación pasó a ser angustiosa. “Un día llegó la empleada de Punto Financiero con un empleado de Bancaja para que firmase un crédito de 85.000 euros porque si no nos quitaban la casa. Me comprometí a pagar 450 euros al mes hasta 2038. En el año 2011 me quedé sin trabajo y no podía pagar esa cantidad. Otra vez le iban a quitar la casa a mi abuela y tuve que refinanciarlo con Bankia (que absorbió Bancaja). Hasta 2060 tengo que estar pagando 261 euros al mes cuando ya llevo devueltos más de 40.000 euros. Recibí 19.000 pero estoy pagando un crédito de 85.000 euros que no he visto en mi vida. Pagar esa cuota supone que no puedo tener hijos porque no podría mantenerlos”.

De momento, ninguno de los dos pierde la vivienda. Otros muchos sí y en algún por un préstamo de solo 10.000 euros. En España, el de determinados prestamistas es un enriquecimiento rápido, a la vista de todos y con toda impunidad. Se puede ver en los medios de comunicación y lo vive a diario el abogado del bufete Alberche, Carlos J. Galán, que colabora entre otras con la asociación Stop Estafadores que preside Juan Puche. Tenazmente, desde su blog en Internet, Puche denuncia a un prestamista muy conocido, Antnio Arroyo Arroyo, que acumula inmueble tras inmueble a cambio de prestar pequeñas cantidades con garantía hipotecaria.

En el despacho de los mismos notarios van una tras otra víctimas que están en un grave estado de necesidad. Firman préstamos por una cantidad mayor de la que reciben, con intereses desorbitados y plazos cortos para garantizar que no los puedan devolver, con lo cual el prestamista se queda con el piso que han tasado para subasta a precio de saldo.

La firma ante notario hace que no sospechen nada y que crean, por el contrario, que lo prometido verbalmente es lo que figura en los numerosos folios, de difícil comprensión, que firman sin consultar con nadie, siempre urgidos con diferentes excusas.

¿Por qué si son tramas organizadas no prosperan las denuncias en la vía penal? “Es muy difícil probar los hechos cuando se enfrenta la denuncia de la víctima a la fe pública notarial”, explica Galán.

El abogado del bufete Alberche anota que, en la vía civil, han conseguido avances. Gracias a la las modificaciones del proceso hipotecario español impuestas por la Unión Europea, en los juzgados se suelen declarar nulos los intereses de demora, al considerarlos cláusula abusiva, y se han archivado y paralizado ejecuciones hipotecarias porque la valoración de los inmuebles a efecto de subasta se fija sin criterio técnico y a un valor muy bajo para poder quedársela. Pero son los menos.

El registrador Rafael Arnáiz explica que si se presta con usura, una o cien veces, se podrá declarar nulo el préstamo pero el prestamista solo habrá incurrido en responsabilidad civil, no penal. Basta con que devuelva lo prestado más intereses. Distinto es si se lograse demostrar que el prestamista no entregó la cantidad que consta en la escritura, sino inferior o si ha habido falsedad de documento público. “Es una actividad segura desde el punto de vista penal porque no se interponen apenas querellas criminales”, indica Arnáiz.

Y todo por un inmenso agujero que se dejó el legislador en la ley 2 de 2009 diseñada, tal como explica el registrador, para proteger a consumidores de préstamos concedidos por prestamistas que no fueran bancos. La norma establece requisitos de transparencia análogos a los que requiere a los bancos para quien conceda con carácter profesional un préstamo: inscribirse en un registro de Consumo, constituir fianza o aval, dar información previa y oferta vinculante, informar sobre las clausulas suelo, los tipos de interés y demás. Y el notario y el registrador tienen que comprobar que todas esas garantías se han cumplido.

Pero el agujero al que alude Arnaiz permite colarse a prestamistas que esconden su condición de tales y disfrazan sus préstamos como si fueran concedidos y solicitados entre dos particulares porque en ese caso no tienen que cumplir ningún requisito. Propone modificar la ley 2/2009 para cerrar los agujeros existentes. “Se aplica a entidades que se anuncian como prestamistas, por ejemplo Cofidis, pero resulta fácil eludir su aplicación para muchos prestamistas particulares, a los cuales podría sujetarse a mayor control si reforzarán las exigencias de transparencia previa y endurecieran las consecuencias civiles y penales cuando hay usura o estafa, al igual que ha ocurrido con las infracciones de tráfico”, explica el registrador.

De momento, en el Ministerio de Justicia, la Dirección General del Registro y de los Notariados trabaja en un real decreto para que en las notarías haya mayores garantías de que quien firme una hipoteca sea consciente de los riesgos que conlleva tal firma pero no aclaran si tendrán en cuenta este submundo del prestamista con garantía hipotecaria.

El Abogado Carlos Galán explica que “El shadowbanking, el sistema parabancario, supone entre el 25% y el 30% del sistema financiero total. En nuestro país, los expertos lo estimaban en un 17% en 2013. Permite atender, a veces, algunas necesidades de financiación de forma eficiente pero, al eludir en buena medida las normas y los controles del sistema bancario tradicional, es arriesgado”. Recuerda que ya en 2006 el Defensor del Pueblo “pedía la regulación del sector ante el auge de la “reunificación de deudas, un campo abonado para los abusos”.

La ley 2/2009 se incumple de forma reiterada pero es muy llamativo que, en lugar de someter los préstamos con garantía hipotecaria al control del Banco de España o algún otro supervisor, se atribuyera su control a los departamentos de Consumo de las Comunidades Autónomas, sin especialización ni medios. Un gran favor a los estafadores. “No hay vigilancia ni inspecciones de oficio como se puede comprobar en las ofertas en Internet de dinero rápido, urgente, fácil, que rara vez identifican la entidad que presta el servicio, ni informa de la existencia de folleto obligatorio de tarifas, ni de la obligatoriedad de una oferta vinculante, ni hace referencia al arbitraje”, lamenta Galán.

NI el legislador ni la justicia sirven a estos ciudadanos.

¿DÓNDE ESTÁN LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS?

“La práctica diaria pone de manifiesto a notarios y registradores que la falta de plena aplicación de la ley 2/2009 facilita la aparición de estafas (préstamos o créditos en los que se entrega una cantidad inferior a la que el deudor se compromete a devolver), o de contratos prohibidos por la ley (pactos comisorios que ante el incumplimiento del deudor permiten al prestamista quedarse directamente con el inmueble), disfrazados de contratos de opción de compra a favor de este”, explica el registrador de la Propiedad, Rafael Arnáiz,.

“En la práctica, llegan al Registro escrituras con una simple manifestación del prestamista diciendo que no se dedica a prestar dinero pero cuando investigo en todos los Registros de España descubro que tiene inscritos a su favor más préstamos hipotecarios. Considero que se dedica con carácter profesional y deniego su inscripción, por no cumplir los requisitos de transparencia y protección del consumidor que establece la ley. En algunos casos, cuando esa sociedad prestamista ha detectado que le han descubierto o se inscriben en el registro o bien empieza a dar los préstamos un testaferro, que puede ser la secretaria o la cuñada pero quien gestiona la escritura es la misma sociedad prestamista o intermediaria”, explica el registrador.

En Consumo, -donde residen dentro del Ministerio de Sanidad las competencias para controlar ese tipo de préstamos-, confirman que ninguna Comunidad Autónoma ha creado el registro de prestamistas obligatorio por ley para informar al registro estatal. Se tardaron dos años en aprobar la creación del estatal que debía ser accesible a través de Internet pero no está en Internet “por problemas técnicos que podrían resolverse en dos o tres meses…”

La creación del registro estatal tenía como objetivo la transparencia pero Galán asegura que el “inscrito en el registro” se ha convertido en un sello de calidad para los aprovechados a los que da apariencia de seriedad y de sometimiento a la ley. “Baste recordar que el inscrito con el número uno está quien más imputaciones judiciales acumula por presuntas estafas”, explica el abogado de Alberche.

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