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Sexta sentencia favorable después del pronunciamiento del Tribunal Supremo
Reproducimos la noticia publicada en el Diario de Burgos,G. Arce, 29.9.2015. Agradecemos además al letrado Jaime Codón que haya compartido con nosotros la sentencia para beneficio de todos los afectados por este tipo de hipoteca.
La compra de una vivienda de vacaciones fue el sueño de un matrimonio burgalés de profesores de instituto, pero la depreciación del euro lo ha convertido en una auténtica pesadilla. Y lo tenían todo muy bien calculado, salvo las fluctuaciones en la cotización del euro, un factor clave para el cálculo de la hipoteca multidivisa que contrataron en el año 2008 con Bankinter. Entonces, poniendo como garantía su propia vivienda, solicitaron un préstamo de 318.000 euros equivalente a 518.802 francos suizos a los que se aplicó el Líbor (un tipo de interés interbancario en el mercado de Londres poco habitual en estos casos), cantidad que -sumados los intereses- tenían abonar en 24 años mediante el pago de 288 cuotas mensuales.
Todo fue bien hasta el pasado año cuando, tras la fuerte depreciación del euro con respecto a la moneda suiza de referencia en la operación, las cuotas mensuales sobrepasaron los 1.632 euros fijados y superaron los 1.700, y el préstamo se encareció por encima de los 80.000 euros y siguió creciendo sin visos de detenerse en una espiral perversa impulsada por los mercados monetarios.
Ante esta perspectiva, el matrimonio, ya próximo a la jubilación y ante el riesgo de verse atrapados en la paridad de las monedas, decidió solicitar la anulación de la operación en los tribunales y, según recoge una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1, lo han logrado.
El fallo, el primero de este tipo que se registra en Burgos y que aún puede ser recurrido por la entidad financiera, anula de forma parcial el préstamo multidivisa y obliga a excluir del contrato las cláusulas y condiciones por la que los prestatarios se endeudan en francos suizos. Básicamente, establece como referencia el endeudamiento primigenio, los 318.000 euros, que se amortizará en 288 cuotas a las que se aplicará el euríbor (el tipo de referencia más habitual) más 0,60 puntos; eso sí, teniendo en cuenta lo que ya han pagado en francos suizos los demandantes recalculado en euros.
Producto complejo.
Jaime Codón, abogado que ha defendido al matrimonio, explica que la sentencia se produce tras casi dos años de conversaciones con el banco y es una de las veinte que se han dictado a nivel nacional. El juez ha entendido que estas hipotecas, que se pusieron de moda antes de la crisis del ladrillo referenciadas en yenes y francos suizos por sus tipos de interés más bajos, son instrumentos financieros complejos al depender de la cotización de una moneda extranjera, algo que no comparte la entidad, que asegura informó «verbalmente» a sus clientes de las características y riesgos de una hipoteca multidivisa.
A diferencia de una hipoteca normal, el banco está obligado a cumplir la Ley del Mercado de Valores y la normativa MiFI por lo que, al igual que ocurre con las polémicas preferentes y subordinadas, debía haber evaluado el perfil de los demandantes del préstamo con un test de conveniencia y ofrecerles «información objetiva, suficiente y comprensible de las características y riesgos del producto a contratar a fin de que sean plenamente conscientes de los riesgos que asumen con su contratación».
Dirección letrada: Jaime Codón
Entidad: Bankinter
Perfil: minorista
PDF: S_150731_BANKINTER_JPI1_BURGOS_PART_SIN.pdf
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