Hipoteca Multidivisa: El juez anula la cláusula del Banco de Valencia

» La entidad no ha podido acreditar que proporcionara al a la que está obligado por ley
» El Banco de Valencia (ahora Caixabank) deberá recalcular la hipoteca en euros y correr con las costas procesales

El matrimonio afectado pide en su demanda la nulidad de su cláusula multidivisa. Alegan que la información proporcionada no les permitió percatarse del enorme riesgo que asumían con la aceptación de esta operación. Asimismo, manifiestan que este contrato incluía una elevada cláusula de interés de demora del 29%.
Por el contrario, Banco de Valencia niega que fuesen ellos quienes ofrecieron la Hipoteca Multidivisa. Al contrario, que fueron ellos quienes acudieron por voluntad propia a la entidad para suscribir ficho contrato. Asimismo, que los clientes tenían un préstamo hipotecario en euros referenciado el Euribor con el BBVA y que fue su intención cambiarse de entidad.

Con respecto a la caducidad alegada por la entidad, la misma no ha podido acreditar la fecha exacta de la suscripción del contrato. Por tanto, la excepción de caducidad es desestimada. La resolución considera que las entidades de crédito están obligadas a proporcionar a sus clientes una información adecuada, imparcial, clara y transparente sobre el instrumento financiero que pretenden contratar. Asimismo, deben advertir de los riesgos que asume el cliente. Todo esto con la misma diligencia con que actuarían si los intereses de aquellos fueran suyos.

La única intención de los afectados era abaratar el coste de la hipoteca

Tras la prueba practicada, no ha resultado acreditado que la financiera cumpliera los deberes de información que le impone la normativa. Por tanto, los actores carecían de conocimientos y experiencia financiera en productos como los que suscribieron. Del mismo modo, no se les facilitó un folleto informativo del producto que pretendían contratar. Además, tampoco la entidad realizó una oferta vinculante por escrito del préstamo.

Se estima la demanda interpuesta por los afectados, declarando la nulidad parcial del préstamo hipotecario suscrito en 2007. El préstamo hipotecario subsiste, pero en como si hubiese sido otorgado en euros, aplicando el tipo de interés de 0,50 puntos. Del mismo modo, se declara nula la estipulación del préstamo que fija los intereses moratorios del 29%. Todo ello con condena en costas a la entidad financiera.


Dirección Letrada: –
Banco: Banco de Valencia (Caixabank)
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Particular
Pdf: S_161207_BVALENCIA_CAIXABANK_JPI45_MADRID_HMD_PART_SIN

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