Caixa Sabadell condenada en Cataluña por la venta de dos Swaps

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Hospitalet número 5 desestima una demanda impuesta por Caixa Sabadell (UNNIM) a una pequeña mercantil dedicada a la venta de bolsos por el impago de 12.376 euros procedentes de un Swap. La magistrada da la razón a la empresa y ordena la anulación del producto porque existe un “grave desequilibrio” entre las prestaciones que el cliente y el banco recibían con él. El Swap suponía una protección para la mercantil del 0’15% de fluctuación del Euribor, una proporción “irrelevante”, según el perito del caso.

La mercantil afectada contrató un Swap con Caixa Sabadell en 2007. Durante los dos primeros años la empresa recibió liquidaciones positivas por valor de 571 euros pero en los dos siguiente tuvo unas pérdidas de 20.100 euros. Según la sentencia, esto demuestra que las condiciones del contrato, que fueron fijadas por Caixa Sabadell de manera unilateral, muestran un claro desequilibrio entre las partes.

Según el contrato Swap, Caixa Sabadell tenía la posibilidad de anular el contrato sin incurrir en ningún coste si las circunstancias del mercado no se consideraban adecuadas. Sin embargo, el cliente no tenía la opción de cancelar anticipadamente el Swap y si lo hacía tendría que abonar “los costes y perjuicios que la cancelación ocasione a la Caixa”. La magistrada encuentra razones suficientes en la desigualdad entre las partes que demuestra el clausulado del Swap para anular el producto.

En Barcelona el Juzgado Mercantil número 10 ha anulado también la cláusula de cancelación de un Swap de Caixa Sabadell y obliga a la entidad a restituir a la empresa afectada la cantidad correspondiente a la anulación del mismo. La sentencia destaca por la aceptación por parte del juez de la aplicación de la Ley de Consumidores y Usuarios a una PYME en lo relativo a las clausulas oscuras del contrato. Además, tal y como nos informa la letrada Araceli Requena que ha defendido a la pyme afectada, declara nula la cláusula 5ª del Contrato de gestión de riesgos financieros que comercializó Caixa Sabadell, relativo a la indemnización por daños y perjuicios a cargo del cliente y a favor del banco en caso de solicitar el cliente cancelación del contrato, COMO CONDICIÓN GENERAL DE LA CONTRATACIÓN abusiva. Las consecuencias de esa nulidad es la RESTITUCIÓN DE TODAS LA PRESTACIONES OBJETO DEL CONTRATO (le devuelven al cliente lo que ha pagado, con los intereses y comisiones que se hayan generado en las cuentas por los descubierto, los intereses legales y les obligan a dar de baja a los clientes de ficheros de morosos)


C SABADELL.- 15/11/2011. JPI 5, Hospitalet (pyme). Reconvencional. Dirección letrada: Carlos Matas Foz.

C SABADELL.-  24/11/2011. JM 10, Barcelona (pyme). Dirección letrada: Araceli Requena

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