El Juzgado de Primera Instancia número siete de Gijón ha declarado la nulidad de una permuta financiera de tipos de interés suscrita por un particular con Banco Santander. El sentencia estima que existió error y vicio en el consentimiento.

Los Juzgado de Asturias han vuelto ha condenar a una entidad por sus permutas financieras de tipos de interés. Como en otros casos Banco Santander comercializó un swap sin aportar la información previa a la contratación exigida por la Ley del Mercado de Valores en caso de clientes minoristas –como en este caso­-.

No se le realizó ninguna simulación de escenarios, tanto de evolución de los tipos como de cancelación anticipada. Tampoco se explicó el funcionamiento del producto y sus riesgos, asegurando que era un seguro. Ni siquiera se facilitó un folleto informativo que explicara a grandes rasgos el producto adquirido. El director de la sucursal no ha podido rebatir ninguno de estos hechos mediante su declaración.

El producto, tal y como declara el perito, el Sr. Verdú del Nido, es un producto especulativo y desequilibrado. El banco establecía un pago límite en caso de subida de los tipos, pero no ponía ninguno en caso de bajada. Además de aceptar un riesgo mayor que el de un tipo variable, el cliente se encontraba en inferioridad con respecto al banco.

En cuanto al contrato, el coste de cancelación, así como los riesgos inherentes al producto, no venían explicados adecuadamente ni se incluía una fórmula que permitiera calcularlos.


Dirección Letrada: Marcelino Tamargo Menéndez.
Banco: Banco Santander.
Producto: Swaps.
Perfil: Particular.
Perito:Sr.  Verdú del Nido y Sr. González Caballero.
PDF:S_121018_SANTANDER_JPI7_GIJON_particular_SIN.pdf

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