El Juzgado de Primera Instancia número 27 de Valencia ha estimado la nulidad de un contrato de administración de valores y suscripción de acciones de Bankia por existencia de error en el consentimiento. El motivo de la condena ha sido la falta de información y transparencia acerca de las acciones de la entidad.
Los afectados, particulares minoristas, contrataron las acciones desconociendo el estado en el que se encontraba Bankia. En la publicidad del producto, se exponía una situación de solvencia económica con relevantes beneficios netos, además de unas perspectivas, que no eran las reales, ya que en realidad Bankia estaba teniendo pérdidas multi-milmillonarias.
Esos datos económicos, al ser un contrato de inversión eran sumamente importantes a la hora de decidir la contratación, por lo que el banco no actuó con transparencia y deberá reembolsar el dinero invertido por los clientes en sus acciones.
Dirección Letrada: Justo Agustín Pascual Monar.
Banco: Bankia.
Producto: Acciones.
Perfil: Particular.
PDF:S_150130_BANKIA_JPI27_VALENCIA_ACCIONES_PART_SIN.pdf