PREFERENTES: Una jubilada y su hermano minusvalido recuperan su dinero convertido en productos Bankia

  • Se ha de devolver a los hermanos la suma total de 17.600€ tras adquirir participaciones preferentes.

  • Se declara la nulidad absoluta de los contratos al considerar que la entidad bancaria no informo en ninguna instancia de forma adecuada a los damnificados a clientes altamente vulnerables.

El Juzgado de Primera Instancia #14 de Valencia ha sido el escenario para volver a recobrar la confianza en la justicia. Gracias al haber condenado a la entidad “Bankia S.A”, una jubilada de más de 60 años, y tutora legal de su hermano que esta incapacitado han podido recuperar su dinero.
Este mismo se había convertido en productos colocados por su entidad bancaria, que resultaron carecer de total solvencia y beneficioso alguno.

Como recoge la sentencia fue “el propio subdirector de su sucursal quien la convenció” que
invertir su capital en participaciones preferentes era la opción más viable. A su vez, este también afirmó que podría recuperar su dinero cuando quisiese y que tenía una alta rentabilidad, sin jamás hacer creer a la afectada que tenía un producto que pudiera ocasionar perdidas. Unos meses después, la afectada se vio obligada aceptar el canje por acciones de Bankia, ya que era su única opción para conservar el capital que habría invertido.

La comisión Nacional del mercado de valores ha indicado sobre este producto que es “un
instrumento complejo, que tiene un riesgo elevado y que puede ocasionar pérdidas en el capital invertido”. La sentencia por tanto refleja nuevamente como la alternativa ofrecida para poder recuperar su dinero a los clientes, resulta que por su naturaleza y condición en realidad pone en peligro al demandante.

Debido a la alta complejidad de este producto, es imposible que el cliente pudiese entender en esencia lo que con llevaba las preferentes. Su perfil no­profesional así como minorista, y por supuesto su hermano debido a su condición de minusválido, dejan sin respaldo al banco frente a la citada ley. “Servicio de asesoramiento en gestión de carteras”. La información previa y simultánea a la compra no fue suficiente e errónea. Pensaron que podrían recuperar su dinero en cualquier momento, que era una inversión completamente segura. Información como los riesgos de pérdida de capital, la rebaja de calificación crediticia de la que había sido objeto las participaciones preferentes, etc.

Por todo lo mencionado, se ha declarado la nulidad de los contratos de suscripción de
obligaciones subordinadas. A su vez, lo que fue convertido en productos BANKIA, ha sido
devuelto por la cantidad original de dinero invertido, que suma una cantidad superior a más de 17.000€.


Letrado: Bejamin Prieto Clar
Perito: Nuria Garcia Pascual
Banco: BANKIA
Perfil: Particular
Producto:Participaciones Preferentes
PDF: S_151116_BANKIA_JPI14_VALENCIA_PREFERENTE_SIN.pdf

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Un comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.