Un juzgado de primera instancia obliga a Bankia a devolver 150.000€ a un matrimonio madrileño

Bankia sigue pagando por sus desmanes en la colocación masiva de este producto tóxico.

En esta ocasión, los afectados son un matrimonio madrileño que se dejó embaucar para colocar sus ahorros en un producto hasta entonces desconocido para ellos: participaciones preferentes. La relación comercial con la entidad se inicia por la cercanía de la sucursal donde se contrató el producto con el edificio de oficinas en el que el marido trabajaba como portero. El dinero invertido por el matrimonio provenía de la venta de un piso que ambos tenían en Madrid. Conforme se va intensificando la relación comercial, los empleados de Bankia comenzaron a ofrecerles más productos, de forma que además de las preferentes objeto del procedimiento (1.500 participaciones), los afectados contrataron también otro paquete de preferentes para sus hijos, dos seguros, un depósito autocancelable e incluso acciones de Bankia. Esta desaforada inversión en productos de la entidad solo se debía, lógicamente, a la insistencia de los empleados de la entidad, quienes a pesar de conocer el perfil conservador del matrimonio en sus finanzas, les incitaron a contratar productos de riesgo sin explicarles su verdadera naturaleza.

La sentencia se refiere exclusivamente al paquete principal de participaciones preferentes. En total, mil quinientas participaciones de la entidad, que suponían una inversión de 150.000€ por el matrimonio. Además, el matrimonio se había visto forzado a aceptar el canje de sus preferentes por acciones de Bankia cuando se produce la conversión obligatoria establecida por el FROB. La pérdida patrimonial de los demandantes había sido, entre unas cosas y otras, muy considerable, además de estar ligados a un contrato que le producía liquidaciones negativas mes a mes. El Juzgado de Primera Instancia número 84 de Madrid ha admitido todos los argumentos de la defensa letrada de los demandantes, entendiendo que la entidad faltó a su obligación de asesoramiento a sus clientes, al deber de información, y que no se realizaron los test de conveniencia necesarios. Por todo ello admite la nulidad del contrato de adquisición de las preferentes y obliga a la entidad a restituir los 150.000€ inicialmente invertidos (menos las liquidaciones positivas que hubieran podido percibir los demandantes).

 


Banco: Bankia
Producto: Participaciones preferentes
Perfil: Particular
Dirección letrada: D. Francisco Jalón López
PDF:
 S_140314_BANKIA_CMADRID_JPI84_MADRID_PART_SIN.pdf

 

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