Considera que el banco no puede exigir al consumidor que haga investigación jurídica para conocer el alcance económico de la cláusula IRPH
El Tribunal de Justicia de la UE emite una demoledora sentencia contra los bancos que colocaron el IRPH a miles de hipotecados en nuestro país porque considera que debieron actuar con mayor diligencia a la hora de informar al consumidor sobre las consecuencias económicas de la celebración de estos contratos. En concreto, señala la importancia de la circular del Banco de España de 1994, cuyo conocimiento “no puede exigírsele razonablemente a un consumidor medio”.
Esta circular advertía del mecanismo del IRPH y de la necesidad de aplicar un diferencial negativo para igualar este índice con el Euribor, “algo sobre lo que el Banco de España estimó oportuno llamar la atención”, dice el TJUE en su sentencia. Sin embargo, esta información debió ser trasladada al consumidor de forma adecuada y los jueces tendrán que examinar si la mera referencia en las escrituras a la misma “resultan suficientes”. Es decir, no basta con lanzar al consumidor la circular del Banco de España porque comprender el alcance de la misma prácticamente supone “una investigación jurídica no exigible a un consumidor medio”.
Recuerda, asimismo, como ya ha hecho en resoluciones anteriores en materia hipotecaria, que el control de abusividad pasa necesariamente por comparar el modo de cálculo del tipo de interés examinado (IRPH) con otros tipos de interés aplicados en el mercado en las mismas fechas y que el hecho de que en la composición del IPRH se engloben comisiones, obliga al Juez nacional a examinar, si se pudo estar dando un caso de doble retribución de determinadas prestaciones del Banco.
Para Patricia Suárez “estamos ante una sentencia que, por primera vez, se pronuncia de manera contundente sobre la importancia de la Circular del Banco de España de 1994 y, sobre todo, la obligación del banco de informar de manera clara y transparente al cliente del impacto económico del IRPH. Los bancos se han escudado en que toda la información estaba publicada por el Banco de España y en el BOE, por fin el TJUE deja bien claro que no es suficiente.”
5 respuestas
Hola soy Luis Romero socio 2545, entiendo que esto es lo que estábamos esperando y a partir de ahora volveremos a poner en marcha nuestras demandas que estaban paradas en los juzgados, para que nuestro jueces por fin puedan dictar sentencias favorables al consumidor y no a los bancos. Espero vuestra respuesta lo antes posible ya que nuestro estado de ánimo después de 7 años y de las decepciones que nos llevamos con las últimas sentencias del tribunal Supremo español y la del tjue que no acaban de dejar claro si el IRPH era abusivo o no. Gracias. un saludo. luis.
Buenos días, Luis. Ya le he trasladado tu comentario a nuestro equipo para que se puedan poner en contacto contigo lo antes posible. Entendemos tu situación. Muchas gracias
Buenos Días.
Como puedo reclamar con ustedes con ustedes sobre el tema hipotecas IRPH y gastos de Hipoteca.
Muchas Gracias
Buenos días, Héctor. Le he trasladado tu comentario para que se puedan poner en contacto contigo lo antes posible. En ASUFIN podemos ayudarte. Muchas gracias por contactarnos.
Gracias por la información. Llevo años esperando algo así. Espero que podamos conseguir una retribución retroactiva.
Saludos y muchas gracias.