El Juzgado declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito por abusividad al no superar el control de incorporación y de transparencia
Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra Banco Cetelem en defensa de los intereses de uno de nuestros asociados en la que solicitábamos la nulidad de las condiciones generales de la contratación que regulan los intereses ordinarios, comisiones de demora y gastos de seguro por no superar el control de transparencia ni el control de incorporación. Y subsidiariamente, la nulidad del contrato por el carácter usurario de los intereses remuneratorio al fijar una TAE del 23,20%. Por su parte, la entidad demandada se opone a la demanda alegando la prescripción de la acción y sostiene que el tipo de interés utilizado no es usurario.
Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia número 63 declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito Aurora suscrito en el año 2001 entre las partes por abusividad al no superar el control de incorporación y de transparencia las condiciones generales entre las que se incluyen las relativas a intereses y comisiones. Y como consecuencia condena a Banco Cetelem a devolver a nuestro asociado 2.928€.
En primer lugar, el Juzgado confirma la condición de consumidor de nuestro asociado. En cuanto al interés remuneratorio se establece que es un elemento esencial del contrato pues fija el precio por el crédito concedido y además es una condición general de la contratación que impone unilateralmente la entidad emisora de la tarjeta y por ello, puede ser objeto de control de transparencia. Y debido a que las condiciones se encuentran en el reverso del documento, sin la debida separación y que resultan ilegibles por su tamaño minúsculo y debido a que aparecen borrosas no supera el control de transparencia e incorporación.
Y es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia número 63 de Madrid declara la nulidad del contrato de tarjeta de crédito por abusividad al no superar el control de incorporación y de transparencia las condiciones generales entre las que se incluyen las relativas a intereses y comisiones. Y condena a Banco Cetelem a devolver 2.928€ a nuestro asociado, además, del al pago de las costas procesales.
Producto: Tarjeta revolving
Juzgado: Juzgado Primera Instancia 63, Madrid
Dirección Letrada: Rodrigo Royo
Fecha: 22.12.2021
Entidad: Banco Cetelem