¿Afectado por el IRPH? El 16 de marzo el TJUE aclarará importantes cuestiones sobre este índice

El TJUE ha convocado una nueva sesión para tratar importantes cuestiones que pueden marcar un nuevo rumbo en las sentencias sobre IRPH

En ASUFIN nos hemos hecho eco de las últimas e importantes noticias sobre el IRPH.

Para ponernos en situación, el pasado 4 de abril de 2022 el Juzgado de Primera Instancia 17 de Mallorca planteó algunas cuestiones prejudiciales al TJUE, de las cuales algunas fueron rechazadas por entender que se trata de competencias del derecho interno. 

Sobre lo que sí examina, el TJUE reitera su doctrina y se pronuncia sobre las siguientes cuestiones.

El derecho español puede liberar a la entidad de la obligación de facilitar al cliente la evolución pasada del índice, siempre que, a juicio de la autoridad judicial nacional, el consumidor haya podido conocer la carga económica y jurídica del contrato, porque cuenta con “información públicamente disponible y accesible y de la información facilitada» y “estaba en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del índice de referencia”. Lo cual fue valorado por el Supremo como cumplido.

Con respecto a la segunda cuestión, por establecer el antecedente, el Banco de España, en su circular 5/1994, había expresado la necesidad de que los bancos aplicasen un diferencial negativo para igualar el IRPH con el resto de la TAE del mercado hipotecario, para que así este índice no estuviese por encima del precios medios. Los bancos incumplieron estas directrices, perjudicando enormemente a los usuarios afectados.

Sobre ello, el TJUE declara que corresponde al Juez nacional valorar “que el profesional actuó de buena fe al fijar el tipo de interés de un préstamo hipotecario tomando como referencia un índice previsto por la ley, y si la cláusula que incorpora tal índice puede causar en perjuicio del consumidor un desequilibrio importante entre lo derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato”.

Recordamos también que el IRPH estaba calculado en base a las medias TAE de los préstamos suscritos, lo que resultó en que las hipotecas eran siempre más caras que con el Euribor.

El TJUE también respondió si debe ser el Euribor el que sustituya al IRPH, en caso de que se declare nulo este último: «si se declara la nulidad de una cláusula abusiva que fija el tipo de interés variable de un préstamo hipotecario en un índice de referencia, el juez nacional sustituirá ese índice por un índice legal”. De manera que evita pronunciarse sobre el si el sustitutivo debe ser el IRPH entidades ( previsto en la ley desde 2013) o bien el Euríbor. Por lo tanto, esta cuestión deberá ser aclarada por el Juez nacional.

Esperamos que la próxima resolución tenga un resultado positivo que pueda fijar definitivamente un criterio interpretativo uniforme que mantenga protegido al consumidor.

Desde ASUFIN consideramos que el TJUE viene a reiterar una doctrina que ya desoyó el TS, y que habrá que seguir esperando a ver si en las próximas resoluciones sus pronunciamientos son más concretos y fuerzan al TS a reconsiderar su postura.

En España se calcula que hasta un millón de familias están afectadas por el IRPH. Si quieres saber cuánto has pagado de más en tu hipoteca por el IRPH, en ASUFIN hemos lanzado una calculadora con la que podrás saberlo fácilmente. Además, recuerda que puedes reclamar con nosotros, te ayudaremos a recuperar tu dinero.

En el caso de que lo hayas hecho, queremos aprovechar la oportunidad para darte las gracias por confiar en ASUFIN. Hoy y siempre, seguiremos defendiendo tus intereses.

tjue irph 

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10 comentarios

  1. Estic indignat amb l’ Auto del TJUE sobre la primera qüestió prejudicial de l ‘ IRPH. Talment sembla que el TJUE estigui en connivència amb el Tribunal Suprem espanyol. Què està passant? S’ ha perdut el sentit comú?. No hi haurà justícia per un milió de famílies que estan sota el jou injust de l’ abusivitat i falta de transparència de la banca???. Està clar que no han llegit l’ informe jurídic- financer d’ un grup d’experts que el govern balear va encarregar per valorar aquest tema tan controvertit. Allà s’ hi pot veure amb total claredat la injustícia de l’ IRPH.

    1. Yo tengo los Papeles con un abogado q ni se comunica con nosotros le pagamos €2500 y nos dijo q nos rebajaba los €500 pues nos habia cobrado un total de €3000 por papeleo más las costas más un tanto por ciento si ganaba me gustaría cambiar, lo que da dudas es si me devolverá todos los papeles, cambia de dirección cada rato y no nos lo comunica, muchas gracias por vuestra respuesta

      1. Buenos días, Maria Lucy

        si quieres puedes enviarnos un correo a info@asufin.com y estaremos encantados de ayudarte personalmente.
        Si es posible, nos vendría bien que nos mandases la información con las fechas de cómo ha ido evolucionando tu situación.

        Muchísimas gracias y que tengas un bonito día

  2. Jesús Alvarez Fernandez dice:

    Buenos días,
    Al final, cual fue el dictamen del TJUE sobre el IRPH, del 16 de marzo de 2023?

    1. El 16 se reunió el TJUE, la sentencia/auto suele tardar unos días. Estamos pendientes para actualizar la situación en cuanto tengamos novedades. Muchas gracias

  3. Buenos dias, tengo entendido que el TJUE ya se ha pronunciado pero que aùn la sentencia no la han hecho publica. Cuàndo creeis que se harà publica esta sentencia?
    Gracias

    1. Buenos días, Marel. No esperamos sentencia hasta diciembre, pero os mantendremos informados y comunicaremos todas las novedades que podamos tener. Muchas gracias

      1. Maria Rosario Gonzalez Gomez dice:

        Buenas noches, yo tengo la audiencia el 12 de junio del 2023 y según estoy leyendo va a ser desfavorable. Si la nueva sentencia del TJUE no va a ser hasta diciembre entonces hay alguna posibilidad de esperar hasta diciembre si la recurro o cuando recurres una sentencia tiene un periodo. Cuánto tiempo se tarda desde que recurres una sentencia hasta que vuelva a salir el segundo juicio? No sé si me he explicado bien.

          1. Estimada María, muchas gracias por ponerte en contacto con nosotros. Actualmente con la saturación que hay en los juzgados y la huelga, es complicado dar fechas o tiempos, ya que también depende del juzgado y la carga que tenga el mismo. Por otra parte, tampoco es posible demorar un recurso, ya que está sujeto a plazos prescriptivos. No obstante, para tu tranquilidad, los plazos en instancias superiores suelen alargarse meses o años. Con lo cual, desde que se presente el recurso hasta que se resuelva es más que probable que se alargue a más allá de 2.024. Esperamos haber podido ayudarte. Un saludo

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