SWAP: En el Senado y en la CNMV

La semana pasada, se aprobó en el Senado una moción que nos afectaba diréctamente. Al mismo tiempo, se publicó el informe de la CNMV del 2009 en el que las permutas financieras tienen especial relevancia.

Sobre la moción en el Senado

Por un lado, en el Senado se aprobó una moción de CiU en la que se expresaba «la necesidad de mejorar la información que las instituciones financieras prestan al cliente o consumidor«. La moción se centraba sobre todo en el problema de la comercialización de las permutas financieras a pymes y particulares. El Sr. Vilajoana nos regalaba frases como la siguiente, que bien podríamos haber firmado nosotros mismos:

Los swaps son productos financieros complejos y, además, de alto riesgo. Son productos pensados para grandes compañías y para ser tratados por los expertos financieros que tienen dichas compañías que hacen grandes operaciones de crédito y que necesitan una estabilidad económica que este tipo de productos de riesgo les dan. Por tanto, no son productos adecuados para el perfil de ciudadano que sencillamente va a su banco o caja de ahorros a solicitar una hipoteca o el pequeño o mediano empresario que va a su banco a solicitar un crédito para el circulante, etcétera.

Y básicamente insta al Gobierno a que se soliciten dos informes. Uno para la CNMV sobre «la implantación de los criterios contenidos en el documento emitido por este comité europeo regulador, por este CESR y sobre la definición de asesoramiento, según la MIFID, en las prestaciones de servicios de inversión. Y otro informe sobre el grado de cumplimiento de la normativa vigente respecto de las exigencias establecidas para el asesoramiento financiero.» Y otro informe al BdE «sobre la información que las entidades financieras transmiten actualmente a sus clientes en materia de contratos de swaps vinculados a préstamos hipotecarios tanto antes de contratar como después de haber contratado.»

El PSOE apoya la moción, y nos deja claro que algunos ya han ido a tribunales, «En concreto, se han dictado dos sentencias favorables al demandante o suscriptor: una en Jaén y otra en Álava, y también dos sentencias favorables a los bancos, dictadas en la Audiencia Provincial de Madrid.». Le hemos escrito al Senador, instándole a que se de una vuelta por nuestro ranking de sentencias, pues tal parece que se quedó en el año pasado. Citar 4 sentencias cuando ya hay 35 a favor de los bancos y 57 a favor de los afectados… en fin.

El PP también apoyó la moción, pero el senador Francisco Vázquez Requero se mostró mejor informado que el resto de senadores y puso el dedo en la llaga:

«hay que decir que el gran problema que se ha originado con las reclamaciones y su multiplicación desde este último año ha sido debido al cambio de criterio del Banco de España. Es verdad que ahora hay sentencias que están dando la razón a los usuarios, pero también es verdad que si cada usuario tiene que poner una reclamación judicial vamos a colapsar los juzgados, y de lo que se trata es de que el Banco de España establezca unos criterios claros y no los cambie, como ha hecho en el último año en varias ocasiones —dicho por las propias asociaciones de consumidores y usuarios, que han puesto ejemplos distintos—, pues esto lo que hace, como digo, es multiplicar las reclamaciones judiciales.»

Sinceramente, la moción nos sabe a poco, no creemos que vaya a resolver el problema, ni de los que ya tenemos un swap ni de los que lo puedan estar contratando en estos momentos. Sin embargo, tenemos que sentirnos satisfechos de que, al fin, se hable de lo nuestro entre los políticos. Han tardado, sí, pero ya es inevitable.

Sobre el Informe de la CNMV

También hemos recibido el Informe de la CNMV y su servicio de reclamaciones. Nos sorprende enormemente que mencione el problema de las permutas financieras. Hasta hoy, la única noticia que teníamos de la CNMV era el comunicado del pasado marzo de 2010  sobre la competencia de la supervisión de instrumentos de cobertura. Hemos conocido decenas de resoluciones del BdE, pero en la web de noclip no se ha colgado una sola resolución de la CNMV… pero existen, o al menos eso nos dicen en su informe.

Empiezan por constatar que «en el momento de la contratación se debió informar de manera clara y expresa respecto a los costes asociados a la operación de cancelación anticipada recogiendo, asimismo, los criterios de cálculo. Además, en caso de que los clientes solicitasen esa cancelación anticipada, la entidad debería efectuar los cálculos e informar previamente a dar curso al mandato del resultado de la liquidación.» (p. 36) para posteriormente analizar casos de Banesto, Bankinter y el Santander (p. 82-84). Llama la atención que en el caso del Santander, cuyo contrato es el famoso CMOF de la AEB considere «insuficiente la información en el contrato sobre los términos y los costes asociados al vencimiento anticipado del mismo.»

Nos gustaría desde aquí instar a la CNMV y al BdE a que colgasen sus resoluciones en la web en beneficio de los consumidores bancarios.

? 05/10/2010.- CNMV. Atención de reclamaciones y consultas de los inversores. Memoria 2009. (p. 36, 43-44, 82-84)
? 06/10/2010.- Moción aprobada en el Senado propuesta por CiU sobre la necesidad de mejorar la información que las instituciones financieras prestan al cliente o consumidor.

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