SWAP: El Tribunal Supremo da la razón a una pyme engañada por Bankia

» El folleto publicitaba el SWAP como un producto que protegía al cliente contra la subida de tipos de interés
» Una Pyme del sector de la construcción gana a Caja Madrid, ahora Bankia por la colocación de un Swap

La pyme afectada se constituyó con la finalidad de construir 18 viviendas en Cantabria. Para ello, contrató con Caja Madrid un préstamo por importe de 5.973,120€. De este modo, el 18 de mayo de 2008, a instancia de la entidad, suscriben el Swap por importe de 4.800.000€ con fecha de vencimiento 30 de mayo de 2011. El producto fue ofertado por la entidad como muy beneficioso ante la subida de tipos de interés. Así, solo se vendieron las ventajas del mismo, nunca haciendo referencia a los riesgos que comportaba su suscripción. En consecuencia, esta permuta comportó liquidaciones negativas por importe de 231. 207, 86€.

Así las cosas, el juez de primera instancia da la razón a la parte demandante en virtud de esta falta de información estima la demanda en favor de la parte afectada. No obstante, el pronunciamiento de la Audiencia Provicial se mostró contrario a este primer fallo; considerando que el folleto sí daba suficiente información. Por ello, la pyme dedicada al sector de la construcción decide interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Este recurso prospera por diversos motivos. Entre ellos, se concluye que la entidad financiera no cumplió con los deberes de información de los riesgos concretos que podrían derivarse del funcionamiento del producto financieros. La sala determina que la parte afectada no es profesional del mercado financiero, y no corresponde a ellos averiguar las cuestiones relevantes en materia de inversión; al contrario, es un deber que corresponde al banco.

El cliente debe poder confiar en que la entidad de servicios de inversión que le asesora no está omitiendo información, determina el Supremo

En consecuencia, el Swap suscrito entre Caja Madrid y los demandantes queda anulado. La entidad deberá restituir la suma de 231, 207,86€, con intereses, comisiones y cargos. Todo ello con condena en costas de primera y segunda instancia.


Dirección Letrada: Eugenio Baz Pereira
Perito: Hugo López López
Banco: Bankia
Producto: SWAP
Perfil: Pyme (Promotora de viviendas)
Pdf: STS_170606_CMADRID_BANKIA_REVOCA_140130_AP20_MADRID_REVOCA_120907_JPI53_MADRID_SWAP_PYME_SIN

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Un comentario

  1. Los Banksters no pudieron engañar al Tribunal Supremo…..
    ¡Felicidades Señorías ustedes son un modelo a seguir!
    A ver si alguno de nuestros políticos descubren lo que es la imparcialidad, la honestidad y la honradez.
    Gracias Tribunal Supremo por hacer una España más digna y justa.
    Saludos.

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