El Alto Tribunal recuerda a la sección 15 de la Audiencia catalana que ya hay jurisprudencia consolidada en multidivisa
El Tribunal Supremo nos está dando la razón en los procedimientos que llegan procedentes de la sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona y que tumbaban las hipotecas multidivisa con razonamientos que iban en contra de una jurisprudencia que ya está bastante consolidada.
Sabemos que estos productos absolutamente desaconsejados para un consumidor medio fueron colocados en su momento por la banca con el reclamo de que un cambio de divisa en la hipoteca les iba a favorecer. Muy al contrario, los afectados por este producto se vieron altamente perjudicados, cuando se apreciaron monedas como el franco suizo o los yenes.
Está probado que no se informó adecuadamente a los hipotecados, con transparencia y avisando de las consecuencias económicas futuras de un préstamo tan complejo como éste. Pues bien, la Audiencia Provincial de Barcelona ignorando toda la jurisprudencia consolidada en torno a este producto ha revocado fallos procedentes de varios tribunales que ahora el Supremo está enmendando.
En palabras de nuestra responsable jurídica, Marisa Protomártir, «se puede calificar la actitud de la AP15 de Barcelona de beligerante con relación a la multidivisa por querer desoir y no acatar las sentencias del TJUE que le vinculan y las del Supremo, que aunque no le vinculan, han creado la suficiente jurisprudencia».
«Al no hacerlo y pronunciarse de forma totalmente ajena a ello, está obligando al consumidor a instar al Supremo con los costes añadidos que ello supone y el menoscabo en tiempo». Insistimos en que con relación a la multidivisa hay jurisprudencia creada, unánime, reiterada y consolidada.
Producto: Hipoteca multidivisa
Tribunal Supremo
Dirección Letrada: Óscar Serrano
Fecha: 21/04/2023
Entidad: Banco Popular, de origen; Banco Santander, entidad condenada