Espaldarazo del Supremo: falla los gastos con la doctrina más proteccionista al consumidor

Por antiguas que sean las hipotecas, cada declaración de nulidad pone el contador a cero para reclamar

Los consumidores financieros estamos de enhorabuena. El Supremo deja de retorcer la doctrina de Europa y admite lo dictado por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), en su sentencia de Pleno 857/2024, de 14 de junio, dada a conocer hoy, y en la que se decanta por la protección de los derechos de los consumidores. Así, en materia de plazos para reclamar los gastos hipotecarios, nuestro Alto Tribunal concluye que “el día inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios indebidamente pagados por un consumidor será el de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obligaba a tales pagos”. En otras palabras, ninguna sentencia, por notoria que haya sido, pone el contador en marcha, sólo la que compete a cada afectado.

Razonan los magistrados del Supremo que la “prescripción de la acción de restitución de los gastos abonados indebidamente (…) es el día en que se declaró la nulidad de la cláusula, ya que antes no podía haber nacido la acción restitutoria”.

Además, los magistrados no ven necesario elevar ninguna cuestión aclaratoria más a Europa, como sugiere Banco Santander, en su escrito de alegaciones, porque consideran que “con la jurisprudencia del TJUE la cuestión constituye ya un acto aclarado”.

De este modo, los gastos hipotecarios pagados, ya sean recientes o de hace más tiempo, pueden ser reclamados por abusivos, incluso cuando se trata de hipotecas ya amortizadas y canceladas.

Prácticamente todo el que firmó una hipoteca con su banco antes de la ley hipotecaria de 2019 tuvo que afrontar la factura del notario, gestoría, registro y tasación. El Tribunal Supremo sentó doctrina, declarando abusiva esta cláusula, y estableció la devolución del 50% de los gastos notariales y la totalidad del resto. La cuestión que quedaba sin resolver es la del plazo para reclamar unas cantidades que oscilan entre 1.500 y 3.000 euros de media.

Comparte

Facebook
Twitter
LinkedIn
Telegram
WhatsApp

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *


Inicia tu Reclamación en 2 minutos

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

Artículos Relacionados 

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.

¡Recibe nuestra newsletter gratis!

Todas las semanas en tu e-mail

PPyPD. Registrándote en el formulario estás aceptando la política de privacidad de ASUFIN.