¿Qué novedades hay en la Renta 2021? ¿Qué tengo que hacer si he invertido en criptos?

Una de las principales novedades que trae consigo la campaña de Renta 2021 es la obligación de tributar las ganancias obtenidas por inversión en criptos

Ya ha arrancado la campaña de la Renta 2021 y, como todos los años, incorpora novedades y cuestiones importantes que deben ser tenidas en cuenta. En ASUFIN, además de informarte de todas ellas, ahora te hacemos la declaración de la Renta. 

Si has ganado un procedimiento y has cobrado costas, si tenías una multidivisa y la has cambiado a euros o si has comprado criptoactivos en 2021, debes tener cuidado con tu declaración de la Renta. En ASUFIN nos encargamos de tu declaración de la Renta 2021 y la presentamos por ti en Hacienda.

Fechas importantes

– Entre el 8 de abril y el 30 de junio, para presentar de forma telemática nuestra declaración de la Renta.

– Entre el 1 y 30 de junio, para hacerlo en las oficinas de la Agencia Tributaria.

– Entre el 5 de mayo y 30 de junio, para hacerlo vía telefónica.

– El 27 de junio finaliza el plazo para la presentación de declaraciones con resultado a devolución domiciliada en cuenta, y el 30 de junio, para el resto de declaraciones.

Cuestiones a tener en cuenta

-La campaña de este año incorporará a los contribuyentes afectados por los ERTEs extraordinarios por pandemia, que tendrán que hacer declaración de renta, indicando como segundo pagador al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

-Los autónomos con cese de actividad extraordinario no tienen que declarar sus ingresos como actividad profesional o económica, sino como rendimiento de trabajo, como si fuera un sueldo o percibiera una baja médica.

Novedades de la campaña 2021

Se añade un nuevo tramo general del IRPF, el sexto, para gravar la renta general a partir de 300.000 euros, que pasa a ser del 47%. En este epígrafe se incluyen todas las rentas derivadas del trabajo, salario o rendimientos de la actividad empresarial o profesional, indemnizaciones o premios, etc.

Se añade otro tramo, el cuarto, que afecta, en este caso, a las rentas del ahorro, gravado con el 26%, cuando se superen los 200.000 euros. En este epígrafe se incluyen los dividendos procedentes de las acciones, inversiones en fondos o depósitos a plazo fijo.

Menos beneficios para los planes de pensiones. Se recorta a 2.000 euros de aportación el máximo a desgravarse por este producto. En los planes de empresa, el límite queda establecido en 8.000 euros.

Más posibilidades de deducción por reforma de vivienda sostenible para reducir el consumo energético que pueden alcanzar hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

¿Qué tengo que hacer si he invertido en criptos?

Tienen que declarar en la Renta como ingreso patrimonial todos los que han invertido en criptos cuando los ingresos obtenidos por compraventa hayan superado los 1.000 euros, tanto si ha sido a través de operadoras o intermediarias españoles, como radicadas en el extranjero.

Por otra parte, los que sí estén obligados a presentar declaración de renta por cualquier otro motivo tendrán que declarar ingresos obtenidos por compraventa de criptos, con independencia de su cuantía.

Deben declarar ingresos derivados de criptomonedas los que hayan efectuado trabajos de minería, los que hayan obtenido una remuneración por tener depósitos en criptos o los que haya recibido comisiones por conseguir nuevos compradores que tienen forma de tributación distinta (si eres autónomo, por ejemplo, y te dedicas a captar clientes).

Si es tu caso, olvídate de la declaración de la Renta. En ASUFIN la hacemos por ti. 

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