ACCIONES BANKIA: Gana un afectado que era un inversor cualificado

» La Audiencia Provincial confirma la nulidad de la compra de acciones realizada por un importante empresario, su esposa y la empresa que dirige; el hecho de ser inversor profesional no da lugar a que tenga conocimientos sobre las cuentas de Bankia
» Durante el juicio se  comprobaron y mostraron que las cuentas de Bankia, y la información ofrecida de estas, en su salida a bolsa no era veraz. Más allá de la profesión del afectado, este no podía saber la falta de solvencia del producto en sí.

El pasado mes de enero, el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Oviedo dictó sentencia declarando la nulidad de las compras de acciones realizadas por un matrimonio de industriales y de la sociedad anónima que este mismo dirige. Dicha sentencia acaba de ser confirmada por la Audiencia Provincial de Gijón en sentencia, a fecha 15 de septiembre de 2016. A pesar de que el afectado es un inversor profesional, la Audiencia también considera que la información emitida por el banco no era veraz, y que por tanto el cliente afectado fue engañado.

Por esto mismo, el magistrado declara, como se refleja en la sentencia, la nulidad de las órdenes de compra de acciones de Bankia, S.A., adquiridas en julio del 2011. Estas mismas son:  66.6666 acciones y un importe de 249.997,50 euros cada una de las compradas realizadas por los primeros individualmente, a través del Banco Sabadell; y por 66.667 acciones y un importe de 250.001,25 euros.

Bankia tendrá que reintegrar a los damnificados las cantidades que invirtieron en acciones, un total de 999.997,50 euros con intereses legales desde la fecha de ejecución de la compra. Junto a esto cabe añadir la imposición de las costas procesales.

En el juicio, como recoge la sentencia, se han comprobado directamente las cuentas de Bankia y los documentos que las respaldan, o deberían de respaldar. La contabilidad, y por tanto la información ofrecida a los afectados, no era veraz porque eludía incorporar numerosos datos que habrían determinado que Bankia se encontraba en pérdidas. La entidad bancaria a su vez también estaba despatrimonializada y no alcanzaba la ratio legal de solvencia. Cuando Bankia salió a bolsa, las cuentas no eran las adecuadas, y menos para a raíz de esta salida colocar determinados productos y sobre todo acciones.

La sentencia del Tribunal Supremo que ratifica la nulidad de las compras de acciones por minoristas, no confirma que las compras realizadas por profesionales sean válidas porque disponen de otras fuentes de información distintas al folleto. Esta sentencia afirma que en algunos casos cabe la posibilidad de que puedan disponer de otra información, pero el magistrado de la Audiencia ha considerado que los afectados no tenían información para entender la verdadera falta de solvencia del producto adquirido.


Dirección Letrada: José Antonio Ballesteros
Banco: Bankia
Producto: Acciones
Perfil: Inversor Cualificado
PDF: S_160915_BANKIA_AP7_GIJON_CONFIRMA_160122_JPI3_GIJON_ACCIONES_PROFESIONAL_SIN.pdf

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