Se anula el contrato de la tarjeta por falta de transparencia
Nuestro socio acudió a ASUFIN debido a que recibió una tarjeta de crédito sin informarle correctamente de los intereses de esta, los cuales, entendía, eran elevados y usurarios, por lo que preparamos la demanda contra Carrefour.
De este modo, la entidad deberá devolver el valor de la comisión de apertura más los intereses asociados a esta.
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Nuestro cliente y la entidad demandada firmaron el contrato el 1 de agosto de 2017, donde el cliente recibiría la tarjeta. Aunque la demandada afirma que el contrato de la tarjeta era de tipo revolving, esto no figuraba en la documentación, por lo que dio a entender a nuestro socio que sólo tendría que abonar una TAE del 21,99% más las comisiones.
El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Alcobendas señala que para que el interés cumpla el requisito de transparencia, el consumidor tendría que haber podido tener pleno conocimiento de la carga económica del contrato.
Como no hay una justificación por la falta de transparencia, el 13 de junio de 2023 el juez dictó sentencia y la cláusula fue declarada nula, dándonos la razón en el caso.
Finalmente, declaró que la parte demandada debía devolver estos intereses, con un valor de 260,89€.
Producto: Tarjetas revolving
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 3, Alcobendas
Dirección Letrada: Adrián Sedano
Fecha: 13/06/2023
Entidad: Carrefour
Un comentario
Interesante, gracias.