REVOLVING: Admitida a trámite la primera colectiva contra el Santander

El juzgado número 4 de lo Mercantil de Madrid estudiará la modalidad revolving de los préstamos que comercializa Santander Consumer Finance

La asociación pide que declare nula la cláusula de modalidad de pago por su abusividad, su falta de transparencia y proporcionalidad

El juzgado 4 de lo Mercantil de Madrid ha admitido a trámite la demanda colectiva presentada por ASUFIN que pide anular por abusiva las cláusulas revolving de todas las tarjetas que comercializa Santander Consumer Finance por falta de transparencia. Un consumidor medio no puede conocer de forma clara cuál es el precio ya que deliberadamente se oculta a través del sistema de amortización y cálculo del tipo de interés aplicable, razona el escrito.

Esta demanda es muy novedosa en materia revolving porque por primera vez se pone el foco en la transparencia. El Tribunal Supremo no se ha pronunciado aún por la transparencia de estas tarjetas, aunque mencionó esta posibilidad en su sentencia del pasado 4 de marzo. “la comercialización de estos productos debe responder a los principios de préstamo responsable, realizando una correcta evaluación de la solvencia, informándole correctamente e incluso facilitándole algún tipo de simulación de cuotas y amortización. El mecanismo de las revolving facilita una espiral de sobreendeudamiento para el consumidor medio que no interesa a nadie”, señala Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN.

La demanda colectiva, que ha contado con la dirección letrada de Fernando Gavín, afirma que el contrato no superaría el control de transparencia pues “el consumidor no está en disposición de conocer cabalmente la naturaleza de las obligaciones asumidas, en concreto, el método de funcionamiento del TAE y el sistema de amortización del pago”.

En las cláusulas –añade la demanda- ni tan siquiera se establece de forma clara y precisa el tipo de interés aplicable, sino que se remite a un procedimiento complejo de cálculo que obviamente el cliente es incapaz de realizar por sí solo.

También se apunta al desequilibrio que comporta la cláusula revolving dado que genera un perjuicio al consumidor al privarle de la posibilidad de comparar entre las diferentes ofertas existentes en el mercado y de hacerse una idea fiel del impacto económico que le supondrá contratar el producto con una u otra entidad financiera, una u otra modalidad de préstamo, de entre los varios ofertados.

ASUFIN ha presentado demandas colectivas contra las tarjetas revolving comercializadas por las principales operadoras del mercado que se encuentran en distintos momentos procesales.

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2 respuestas

  1. Buenas tardes, tengo una tarjeta Revolving ,con el Banco Santander desde el año 2013,
    y no veo la forma que esto acabe, y leyendo su pagina, me e decidido a comentárselo ,para solucionar de una vez por toldadas este problema, y facilitarle toda la documentación que tengo, Para que Ustedes me la revisen, y proceder a su demanda, muchas gracias de antemano

    1. Buenos días Antonio. Puedes escribirnos a tarjetas@asufin.com adjuntando la documentación de la que dispongas y desde ASUFIN te ayudaremos. Feliz día.

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