Recuperamos 204.151€ para un socio al declararse nula la cláusula multidivisa suscrita con el Banco Popular

La Audiencia confirma la falta de transparencia y abusividad de la cláusula, y condena al Banco Santander, sucesor del Popular, a devolver las cantidades pagadas de más

El 11 de marzo de 2004 uno de nuestros socios suscribió un contrato de préstamo hipotecario multidivisa por un importe de 430.000€ por su valor en Francos Suizos. Posteriormente el 31 de agosto del 2005 se firmó una novación del préstamo por la que se amplió el capital hasta los 650.000€, también por su valor en Francos Suizos. Además, se amplió el plazo a 25 años. Entre los años 2007 y 2015 se firmaron dos novaciones más, y se cambió de divisa hasta en tres ocasiones.

Desde ASUFIN interpusimos una demanda solicitando la nulidad parcial del contrato de préstamo hipotecario en los contenidos de dicho contrato, relativos a las cláusulas multidivisa, por ser una condición general de la contratación que no superaba el control de transparencia. Además, pedíamos que se recalculasen los cuadros de amortización en euros y devolviesen las cantidades pagadas de más.

El 23 de junio de 2019 el Juzgado de Primera Instancia, número 101 de Madrid, estimó totalmente nuestra demanda, ya que considera que la cláusula multidivisa no es transparente al no haber facilitado a nuestro socio información precontractual suficiente sobre los riesgos del producto y por lo tanto, debe de ser declarada nula.  Además, condenó al Banco Santander, sucesor del Banco Popular, a devolver a nuestros socios las cantidades pagadas de más, suma que asciende a 204.151€.

En contra de la anterior sentencia, el Banco Santander interpuso un recurso de apelación en el que afirma que la cláusula es clara y que nuestro socio es un profesional. Frente a este recurso, desde ASUFIN nos opusimos. 

La Audiencia Provincial número 28 de Madrid confirma la condición de consumidor de nuestro socio. Tras esto, procede a analizar si la cláusula supera los controles de transparencia, puesto que, el Banco Santander no demuestra la información precontractual aportada al consumidor sobre los riesgos y condiciones de las cláusulas, ni que se hiciesen escenarios ejemplificativos o se mostrasen las posibles fluctuaciones. Esto, unido a que la información contenida en la escritura del préstamo tampoco es clara, hace que la cláusula multidivisa no supere los controles de transparencia y deba de ser declarada nula por abusiva.

Y es por todo ello, que la Audiencia Provincial número 28 de Madrid dictó sentencia el pasado 15 de diciembre de 2022, desestimando el recurso de apelación de la entidad bancaria y confirmando íntegramente la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid.

Producto: Hipoteca multidivisa

Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid

Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín

Fecha: 15.12.2022

Entidad: Banco Santander/ Banco Popular

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