Nuestro socio había firmado un préstamo multidivisa con Bankinter que le estaba suponiendo graves consecuencias económicas
Una socia de ASUFIN firmó un préstamo hipotecario con Bankinter, con un importe inicial de 260.000€, en enero de 2005. El préstamo incluía una cláusula multidivisa que tenía como moneda de referencia el franco suizo. Esto quiere decir que los importes que pagaba nuestra socia para devolver la hipoteca estaban fijados en una moneda diferente al euro, por lo que a los riesgos que tiene de por sí una hipoteca había que sumarle los del tipo de cambio. Consecuentemente, la cláusula supuso para el afectado una pérdida económica de 69.849€.
Ante tal situación, acudió a nosotros para que pudiésemos valorar su caso y ayudarle a recuperar su dinero. Una vez su caso fue estudiado por los expertos de ASUFIN, decidimos llevar a cabo una demanda contra Bankinter, solicitando la nulidad de la cláusula multidivisa y la devolución de las cantidades que nuestro socio había pagado de más como consecuencia de la misma.
El Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid estimó íntegramente la demanda el 31 de octubre de 2018, aceptando lo solicitado en intereses de nuestro socio. Contra dicha resolución, Bankinter recurrió, llevándose el caso a la Audiencia Provincial 28 de Madrid.
Los préstamos multidivisa son productos financieros complejos, ya que su valor, como decíamos, también depende del tipo de cambio. Por ello, el propio banco estaba obligado a realizar un estudio para asegurarse de que el cliente tenía el conocimiento suficiente para entender las consecuencias y riesgos de la cláusula, ya sea por experiencias previas o por su perfil financiero. Nuestra socia, por su formación, tipo de trabajo y experiencia previa, no contaba con un perfil financiero que invitase a pensar que tenía el conocimiento adecuado para apostar por un producto tan arriesgado.
Como no lo tenía, el banco debía proporcionar una información clara, transparente y precisa sobre lo que va a ofrecer, para que ella entendiese así todos los riesgos asociados a la cláusula. Según los documentos presentados por ambas partes, no existe constancia de que el banco cumpliese con ninguna de estas dos obligaciones.
Por todo ello, y tomando en consideración otros hechos adicionales, la Audiencia Provincial 28 de Madrid confirmó la sentencia de primera instancia, desestimando el recurso de Bankinter. De esta forma, declara la nulidad de la cláusula multidivisa y condena a Bankinter a devolver al afectado 69.849€. Además, condena a Bankinter a asumir las costas de segunda instancia.
Producto: Hipoteca multidivisa
Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid
Dirección Letrada: Maria José Lunas
Fecha: 07.02.2023
Entidad: Bankinter