El plazo de prescripción de una deuda oscila entre los tres y los veinte años, depende de su tipología
En algunas ocasiones llega una notificación inesperada a tu casa, donde indica que tienes una deuda pendiente de hace 20 años y no sabes cómo actuar, ya que te pilla totalmente desprevenido.
Para ello, es importante entender cómo funciona la ley en estos casos y el plazo de prescripción para reclamar este impago, y además, saber si de verdad tienes que abonar la deuda o ya ha expirado el plazo de pago.
¿Hasta cuántos años te pueden reclamar deudas antiguas?
En primer lugar, hay que conocer si la deuda está prescrita, es decir, si ha superado el plazo máximo establecido por la ley para su reclamación y ya no puede ser exigida legalmente.
En segundo lugar, el plazo para reclamar depende del tipo de deuda, ya que oscila entre los tres y los veinte años, depende del tipo de impago. Cada tipo de deuda tiene unos plazos establecidos, puede ser una deuda personal, hipotecaria, de tarjeta de crédito, de hacienda… Así como interfiere cuándo hayas incumplido el pago, porque la normativa en algunas ocasiones cambia y el mismo tipo de deuda puede prescribir en plazos distintos según el año en el que hayas contraído el impago.
Derechos que tienes como deudor frente a una reclamación
Si te llega la notificación de impago, por un lado, debes verificar la prescripción de la deuda para confirmar si tienes que pagarla o ya ha expirado. No realices ningún pago ni reconozcas la deuda hasta que tengas esa información aunque el acreedor te la reclame, porque si ya ha prescrito no estás legalmente obligado a abonarla, y no puede tomar ningún tipo de acción para que procedas al pago de ésta.
Por otro lado, si la deuda está prescrita, solicita la eliminación de ésta para que no aparezcas en ningún registro de morosidad. Puedes presentar una reclamación por escrito a la entidad o a la empresa correspondiente con la prescripción del impago. ¡Es imprescindible que realices este escrito para no constar en este tipo de listados!
Finalmente, guarda toda la documentación que acredite que esa deuda está prescrita: correos, certificados, recibos… para evitar problemas futuros.
Cómo actuar si te reclaman una deuda de hace 5, 10, 15, 20 o 25 años
En el caso de que una empresa o particular se ponga en contacto contigo reclamándote que le abones una deuda pasada, independientemente de los años que hayan pasado, debes comprobar el plazo de pago en los documentos correspondientes.
De este modo, hay que distinguir el tipo de reclamación:
-Extrajudicial / amistosa: Es el paso previo a la vía judicial donde el acreedor intenta llegar a un acuerdo con el deudor para el pago de la deuda. Este proceso no tiene ningún tipo de poder, se trata de una forma amistosa de reclamación para evitar el proceso judicial y los costes que conlleva.
-Judicial: A través de una resolución judicial el acreedor solicita el pago de la deuda, lo que conlleva unos costes y un largo proceso para recuperar el dinero adeudado.
Una vez estés informado del procedimiento, donde tendrás conocimiento de los costes de reclamación, de los límites embargables y de la duración del proceso, debes decidir si abonar la deuda o comenzar el proceso judicial.
Desde ASUFIN nos ponemos a tu disposición como expertos en la materia para evaluar tu caso y ayudarte a determinar tus opciones legales.