El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nr. 3 de Gavà ha dictado la primera sentencia en España contra la CAN por la comercialización opaca de 2 swaps a un matrimonio que tenía una hipoteca por la adquisición de su vivienda habitual y otra por un local.
Ambos productos se contrataron en septiembre de 2008, unas semanas antes de la caída de los tipos de interés, suponiendo grandes pérdidas desde el inicio del mismo. El comercial del banco les indicó que de querer cancelar los productos, tendrían que abonar un 2%; la sorpresa fue mayúscula cuando este porcentaje supuso el 12% del importe de las hipotecas. Así mismo, el juez considera que se trata de un producto complejo, sometido a la normativa MIFID y ello a pesar de que en ambos casos se contrató como ‘cobertura’ para las 2 hipotecas.
La sentencia ha sido facilitada por la dirección letrada del afectado, el despacho Navas & Cusí , a quién felicitamos una vez más por la excelente labor que está realizando en la defensa de los afectados por permutas y derivados financieros. Así mismo, le agradecemos como siempre su colaboración con ASUAPEDEFIN.
? CAN.- 28/03/2011, JPIeI 3 Gavà (part.)