El JPI 11 de Ciudad Real declara la anulabilidad por error en el consentimiento del contrato de obligaciones suscrito con Banco Popular
ASUFIN presentó una demanda contra el Banco Santander en defensa de los intereses de una de sus asociadas. En esa demanda se ejercitaba una acción de nulidad contractual y una reclamación de cantidad. Alegando la anulabilidad por error en el consentimiento del contrato de obligaciones subordinadas firmado entre la demandante y el Banco Popular en septiembre de 2011. A demás, pide que se condene a Banco Santander a devolver a la cuantía de 70.000€ invertidos en la suscripción del referido producto.
La demanda se basa en que las obligaciones subordinadas suscritas entre la entidad y la hermana de la demandantes (quien falleció en el año 2015) quien tenía condición de consumidora no cumplían con los requisitos legales exigibles para la comercialización de este tipo de productos.
El 13 de agosto de 2010, el Banco Popular le concedió a la causante un préstamo por importe de 180.000 euros. Y posteriormente el 26 de septiembre de 2011,“le colocó” unas obligaciones subordinadas por un importe de 70.000 euros, que más tarde adquirió su hermana mediante herencia. Estas obligaciones se constituyeron como garantía prendaria del contrato de préstamo suscrito en 2010,
Este tribunal determina que la entidad no facilitó información precontractual suficiente; no cumplió con las normas de transparencia y claridad exigible y no se realizaron los preceptivos test de idoneidad pertinentes. Todo esto le impidió a la adquirente conocer el funcionamiento real del producto, por lo que se puede apreciar el error en el consentimiento prestado.
La demandada alega la falta de legitimación activa de ASUFIN y la caducidad de la acción ejercitada. Sin embargo, ambas pretensiones fueron desestimadas por el juez.
Por todo ello, el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Ciudad Real estima la demanda de ASUFIN. Y declara la anulabilidad por error en el consentimiento del contrato de obligaciones, a demás de condenar a Banco Santander a devolver la cantidad de 70.000€ de inversión.
Producto: Deuda Subordinada
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 11, Ciudad Real
Fecha: 10.03.2021
Entidad: Banco popular/ Banco Santander
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