Se declara la nulidad de un crédito rápido por contener una TAE de 3.564%

En ASUFIN recuperamos todas las cantidades pagadas por los intereses del crédito rápido firmado por nuestros socios

Desde ASUFIN interpusimos una demanda contra DINEO CRÉDITO en defensa de los intereses de nuestro socio. En la demanda solicitábamos que se declarase la nulidad del contrato de crédito rápido suscrito entre las partes por contener un interés remuneratorio usurario. Además, de que se condenase a la entidad a devolver a nuestro socio la cantidad que exceda del total del capital prestado. 

Por su parte, DINEO CRÉDITO no contestó a la demanda, siendo declarada en situación de rebeldía procesal. Finalmente, el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid ha declarado la nulidad del contrato de préstamo rápido por contener un interés remuneratorio usurario y ha condenado a la demanda a devolver al consumidor las cantidades cobradas en concepto de interés remuneratorio.

El 10 de abril de 2021, las partes firmaron un contrato de crédito rápido, en él, se concedía un préstamo de 300€, a un TAE de 3564,42% a reintegrar en 30 días. En ASUFIN defendemos que este tipo de interés tan elevado debe de ser declarado usurario pues el tipo de interés aplicable es el de los créditos al consumo, que en el año 2021 ascendía a un 6,68%. Además, en el caso de las tarjetas revolving el Tribunal Supremo manifestó que un 26% era un interés notablemente superior al interés normal del dinero.

Este juzgado señala que el interés normal del dinero para los créditos rápidos debe de ser la media de las operaciones de estas operaciones en el mercado. Sin embargo, al no constar prueba sobre los tipos medios de interés para estas operaciones y no ser suficiente justificación para la fijación de un interés notablemente superior al normal el riesgo derivado de los impagos. Por ello, el crédito debe de ser declarado abusivo por ser desproporcionado para las circunstancias del caso.

Finalmente, el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Madrid declara la nulidad del contrato de crédito rápido por ser usurario. Y, condena a DINEO CRÉDITO a devolver a nuestro socio toda cantidad que exceda del principal dispuesto más los interese devengados y el pago de las costas procesales.

Producto: Crédito rápido

Juzgado: Juzgado Primera Instancia 18, Madrid 

Dirección Letrada: Adrián Serrano

Fecha: 21.07.2022

Entidad: DINEO CRÉDITO

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