Nueva propuesta de RIS (Protección de inversores minoristas): Cambiar algo para que nada cambie

Se pretenden homogenizar las normas de conducta y obligaciones de las entidades en su distribución en el mercado minorista

Antes de verano, se presentaba la propuesta de Directiva para modificación de determinadas normas de protección de los inversores minoristas (RIS) para dotar de la misma protección los productos de inversión, independientemente de si se trata de instrumentos de inversión o productos basados en seguros. Se pretenden homogenizar las normas de conducta y obligaciones de las entidades en su distribución en el mercado minorista.

Mediante la mejora de su protección y aumento de la confianza, el objetivo de la Comisión Europea es aumentar el volumen de inversión minorista: resulta fundamental que los mercados de inversión resulten útiles al conjunto de la sociedad, propiciando el interés de los inversores minoristas en la sostenibilidad, las pensiones y la generación de ahorro. Sin embargo, la propuesta del legislador está muy alejada de estos objetivos.

Entre esos objetivos, está también el planteamiento actual a avanzar en el camino hacia la Unión de los Mercados de Capitales. Sin embargo, mantener el sistema actual de incentivos prioriza las ventas de productos locales, impidiendo a las personas consumidoras encontrar mejores productos de entre el conjunto del mercado comunitario.

Si se mantienen los incentivos, se mantienen los problemas

Así se ha puesto de manifiesto en la carta que han hecho llegar a la Comisión varias organizaciones: BEUC, Finance Watch (de las que ASUFIN forma parte), Better Finance y WWF.

Desde estas asociaciones, reivindicamos que existe una relación directa entre la no prohibición de los incentivos en la venta de productos y los datos que muestran la baja calidad en términos de rentabilidad de estos (según estudio de la OCDE). Las consecuencias para ambas partes son inversamente proporcionales: las entidades financieras aumentan sus beneficios mientras que los consumidores pierden importantes cantidades.

El enfoque del regulador hasta el momento, se ha basado en implementar las obligaciones de divulgación e idoneidad, algo que vuelve a ocurrir en la revisión actual. Aunque parecía que esta vez sí se plantearía la prohibición total de incentivos, de nuevo la propuesta solo recoge algunos aspectos de mejora, que resultan insuficientes:

  • Se prohíben aquellos incentivos por la prestación de servicios de recepción y transmisión de órdenes y de ejecución, con dos excepciones: que esas órdenes provengan de un asesoramiento previo o que se den en el marco de servicios de colocación y aseguramiento;
  • Refuerza las obligaciones de justificar el valor añadido del servicio de asesoramiento.

No es mercado para la sostenibilidad

Así parece derivarse de la propuesta que considera la sostenibilidad como una cuestión que genera coste y que debe sopesarse en función de la necesidad de rentabilidad de las personas consumidoras. Como señalamos en la carta conjunta citada anteriormente, la sostenibilidad y los intereses de las personas consumidoras no son objetivos opuestos sino complementarios.

Por otro lado, en cuanto a rentabilidad, hay productos de inversión sostenibles que superan a los convencionales y su coste tampoco es siempre y en todo caso mayor.

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