El préstamo hipotecario con cláusula multidivisa se suscribió en agosto de 2008 con Barclays Bank, por una cuantía de 233.000 €
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Burgos ha declarado finalmente la nulidad por la abusividad y falta de transparencia de la cláusula y condena en costas a CaixaBank
El Juzgado de Primera Instancia Nº4 de Burgos ha dictado sentencia el pasado 6 de abril de 2020 dando la razón a un asociado de ASUFIN afectado por una hipoteca multidivisa suscrita el 1 de agosto de 2008. El préstamo se suscribió por 233.000 € que, en yenes japoneses hacían un total de 37.386.500 JPY. El importe del préstamo deberá ser devuelto en el plazo de treinta años.
Una hipoteca multidivisa es un préstamo con garantía hipotecaria a interés variable en el que la moneda en la que se referencia la entrega del capital y las cuotas periódicas de amortización es una divisa entre varias posibles a elección del prestatario y, en el que el índice de referencia sobre el que se aplica el diferencial para determinar el tipo de interés aplicable en cada periodo suele ser distinto del Euribor.
En su escrito de demanda, la parte afectada solicitaba que se dictase sentencia, buscando que se declarara con carácter principal la nulidad del clausulado multidivisa por abusividad y falta de transparencia. Además, se pedía la nulidad del clausulado por dolo y/o vicio del consentimiento del contrato; que con carácter subsidiario, se declarase la nulidad total del contrato, instando a CaixaBank a eliminar dichas cláusulas de los contratos suscritos con los demandantes, condenándoles a convertirlo en un préstamo tradicional en euros con el tipo de interés de Euribor + el diferencial de 0,55 puntos establecido como tipo sustitutivo a la modalidad multidivisa del préstamo hipotecario.
Que con carácter alternativo a las peticiones anteriores se declare la resolución del contrato por incumplimiento de las obligaciones de diligencia y buena fe de la entidad bancaria, en lo referido al derivado financiero, condenado a dicha entidad a indemnizar en concepto de daños y perjuicios la pérdida patrimonial sufrida sobre los criterios establecidos en el informe pericial de la demanda o que se aclaren en ejecución de Sentencia, con la actualización de las cantidades que se devenguen en el curso del presente procedimiento.
En su escrito de contestación, la demandada se opuso a las pretensiones de nuestro asociado, alegando en primer lugar, caducidad de la acción; en segundo lugar, citó la teoría de los actos propios y retraso desleal en el ejercicio de la acción de nulidad; y, en tercer lugar, niega la condición de consumidor del actor. CaixaBank también hace alusión a que la iniciativa de contratar este producto fue del cliente; que acudió a la entidad en busca de este producto en concreto y de manera expresa y que conocía a la perfección “las ventajas y los inconvenientes” de este producto y que ya se había informado previamente en otras entidades financieras de esta modalidad de hipoteca, llegando a realizar compras masivas de yenes japoneses jugando con los tipos de cambio durante toda la vida del préstamo.
La entidad financiera también quiso dejar constancia de que el demandante tenía cuentas en divisas, expediente de ahorro en divisas, fondos de inversión, valores, para demostrar que no solamente era conocedor de este producto, sino que su perfil no es el de minorista, como se alega en la demanda. Por tanto, la iniciativa de la hipoteca multidivisa fue del demandante, y la entidad financiera cumplió escrupulosamente con sus obligaciones, e informó debidamente acerca la naturaleza y riesgos del contrato.
Tras revisar las pretensiones de ambas partes y el informe pericial, la jueza de este caso ha decidido estimar la demanda de ASUFIN, por lo que se condena a Caixabank a eliminar y excluir el clausulado multidivisa del contrato y a abonarle al demandante la cantidad de 55.663,10 €, más las costas derivadas del proceso.
Producto: Hipoteca Multidivisa
Abogado: Jaime Codón Alameda
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia nº4 de Burgos
Entidad: CaixaBank
Fecha: 06.04.2020