MULTIDIVISA: Dos socios de ASUFIN recuperan 22.770 euros

El préstamo hipotecario con cláusula multidivisa fue contratado en febrero de 2007 por un valor de 112.000 euros

El Juzgado de Primera Instancia número 101 de Madrid declaró el 16 de junio de 2020 nula la cláusula multidivisa por falta de transparencia.

Los demandantes suscribieron un préstamo hipotecario con cláusula multidivisa con la entidad BBVA. El valor de dicho préstamo ascendía 112.000 euros que en yenes japoneses equivalentes a 17.932.656 JPY. El importe del préstamo debía ser devuelto en un plazo de treinta años.

Una hipoteca multidivisa es un préstamo con garantía hipotecaria a interés variable. La moneda en la que se referencia la entrega del capital y las cuotas periódicas de amortización es una divisa entre varias posibles a elección del prestatario. El índice de referencia sobre el que se aplica el diferencial para determinar el tipo de interés aplicable en cada periodo, suele ser distinto del Euribor.

Esta parte alegaba que en ningún momento se le advirtió de los riesgos que conllevaba la multidivisa, ni del funcionamiento del préstamo. Por lo tanto, se trataba de una cláusula abusiva, con falta de transparencia y proporcionalidad.

Además, los demandantes afirman que no existió negociación individualizada en las cláusulas impugnadas. Por último, alegan que “el contenido de las cláusulas impugnadas se reitera en numerosas escrituras”.

Réplica BBVA

La entidad demandada (BBVA) contestó que entre los años 2007-2008 estos tipos de préstamos se pusieron muy de “moda”, debido al elevado tipo de interés de la zona euro. Sin embargo no meditaron el riesgo de fluctuación del valor del capital del préstamo en moneda extranjera a largo plazo.

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Es más, BBVA sostiene que fueron los demandantes quienes insistieron en recibir el préstamo en yenes japoneses. Sin embargo, estos hechos no han podido ser probados por la entidad. Además, pone de manifiesto el importante lapso de tiempo transcurrido desde la firma del contrato y la presentación de la demanda, dejando entrever la caducidad de dicha acción.

Por lo tanto, el juez de esta instancia ha decidido declarar nula la cláusula multidivisa por abusiva y falta de transparencia. Se condena a la entidad financiera a recalcular en euros, el cuadro de amortización del préstamo, referenciado al Euribor más un diferencial, ascendiendo el total de la suma a 22.770 euros. Al mismo tiempo, deja sin efectos el cálculo en yenes y condena a la entidad en costas.

DESCARGA AQUÍ LA SENTENCIA

Producto: Hipoteca Multidivisa
Abogado: 
Loleta Linares y Fernando Gavín
Juzgado: 
JPI 101 Madrid
Entidad: 
Bankinter
Fecha: 
16.06.2020

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