La Audiencia Provincial 28 de Madrid declara la nulidad parcial de la hipoteca multidivisa por falta de transparencia y abusividad
Desde ASUFIN, en representación de dos de nuestros asociados, interpusimos una demanda de nulidad de la cláusula multidivisa del préstamo hipotecario suscrito con Bankinter en el 2007, por no superar el control de transparencia y abusividad. Además, solicitábamos que se referenciase el préstamo en euros y se restituyesen las cantidades indebidamente cobradas más los intereses. Por su parte, Bankinter se opuso a la demanda. Y el Juzgado de Primera Instancia 15 de Madrid dictó sentencia el 22 de abril de 2019 declarando la nulidad total de la cláusula multidivisa.
Tras esta resolución, Bankinter interpuso un recurso de apelación. Sin embargo, la Audiencia Provincial 28 de Madrid desestima el recurso, confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia y declara la nulidad parcial del préstamo en lo referente a la opción multidivisa. Además, condena a Bankinter a restituir 60.703€ a nuestros asociados.
En primer lugar, esta audiencia analiza si la cláusula multidivisa supera el control de transparencia, examina si está redactada en forma clara y comprensible. Puesto que en el contrato se indica la divisa en se formaliza el préstamo. En él se establece que el prestatario reconoce que el préstamo está formalizado en divisas y asume expresamente los riesgos de cambio, incluido que el contravalor en yenes pueda ser superior al límite pactado. La cláusula super el control de transparencia documental.
Sin embargo, en el contrato no se recogen las consecuencias económicas que este puede tener, no existe prueba alguna de que Bankinter hubiese advertido a nuestros asociados de las mismas, por lo que no puede sostenerse que existiera una verdadera información precontractual respecto de los riesgos. Lo que implica que no se supere el control de transparencia material.
Una vez este tribunal ha determinado la falta de transparencia de la cláusula señala que tampoco supera el control de abusividad al no probar la entrega de una oferta vinculante, ni de folleto informativo, ni constan simulaciones sobre los riesgos de fluctuación de la moneda. Y es por todo ello que esta audiencia confirma la sentencia del 22 de abril de 2019.
Además, la Audiencia Provincial 28 de Madrid, condena a Bankinter a restituir a nuestros asociados 60.703€ como consecuencia del recálculo de los cuadros de amortización y al pago de las costas procesales.
Producto: Multidivisa
Juzgado: Audiencia Provincial 28, Madrid
Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín
Fecha: 28.10.2021
Entidad: Bankinter