A juicio de ASUFIN el mecanismo de amortización de las tarjetas revolving ya es usurario en sí mismo al desencadenar el pago de intereses sobre intereses, o anatocismo
A la vista de la Sentencia de Pleno 258/2023, del Tribunal Supremo, que hemos conocido hoy, ASUFIN considera que la polémica con las tarjetas revolving, uno de los productos de financiación más peligrosos que puede suscribir un consumidor financiero en estos momentos, no termina de zanjarse.
Con el criterio de que hay que sumar 6 puntos porcentuales al tipo medio de mercado para determinar si la diferencia con el interés pactado es “notablemente superior” y, por ende, usuraria, parece decirnos veladamente que habría que integrar en el TEDR las comisiones y gastos aparejados, cuando probablemente esa cantidad tampoco se acerca a la realidad.
Como constatamos desde ASUFIN, la mayoría de las TAE a las que se comercializan las tarjetas revolving no integran la totalidad de comisiones, ni seguros de protección de pagos, cada vez más habituales, ni el peligroso interés compuesto que genera anatocismo.
Es decir, consideramos que el propio interés compuesto, o mecanismo de amortización de la deuda de estas tarjetas, ya es, en sí mismo, fuente generadora de interés desproporcionado y usurario. El interés compuesto que tienen todas estas tarjetas es aquel que se va sumando al capital inicial y sobre el que se van generando nuevos intereses. El dinero, en este caso, tiene un efecto multiplicador porque los intereses producen nuevos intereses.
Insistimos en que en la comercialización de las revolving hay una total ausencia de transparencia, dado que no se explica el interés compuesto y su incidencia en la carga económica del contrato, así como el tiempo que se va a tardar en cancelar la deuda.
Los consumidores presentan un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial por infringir el art. 1 de la Ley 23 de julio de 1908 sobre la nulidad de los contratos de préstamo usurarios. El Tribunal Supremo estima el motivo.
Seguros y comisiones
Por otra parte, y como hemos demostrado a través de todos nuestros barómetros Revolving, y que ya suman seis ediciones desde el año 2020, los seguros que se suscriben cada vez más con estas tarjetas encarecen la forma de pago, dado que lo que primero que se descuenta de la cuota son los intereses, pero lo segundo pasa a ser el seguro. Sólo a continuación, el remante que queda se dirige a amortizar el capital, y con ello, disminuir la deuda. Los seguros de amortización de las tarjetas elevan el coste de las tarjetas hasta en un 10%.
La sexta edición de nuestro barómetro Revolving reveló el pasado mes que el tipo medio de las revolving se sitúa en el 21,15%, frente al de crédito, en general, que alcanza un 18%.
Producto: Tarjeta revolving
Juzgado: Tribunal Supremo
Dirección Letrada: Ana Rosa Cortijo Cortijo
Fecha: 15.02.2023
Entidad: Estrella Receivables