Dos nuevas sentencias contra los swaps de Banco Popular. La justicia afirma que los contratos complejos. En uno de los casos, los trabajadores alegaron que ya no quedaban copias de las simulaciones en la entidad.

Banco Popular ha recibido dos condenas por colocar sendos contratos de permuta  financieras a clientes particulares sin aportar la información mínima sobre las características y riesgos de este tipo de productos.

En Orihuela (Alicante), el Juzgado de Primera Instancia número 4, afirma que el contrato que firmó el cliente con la entidad financiera “es de naturaleza compleja”. La sentencia reprocha al banco que no pudo ser  capaz de aportar los documentos para que el afectado entendiese el funcionamiento del swap.

La directora de la sucursal afirmó que sí hicieron simulaciones sobre los distintos escenarios, pero que no pudieron presentarlas en el juicio porque “no quedaban copias en el banco”. La información previa se dio de forma verbal, según Banco Popular. Sin embargo, la juez considera que esto no es motivo suficiente para considerar que Banco Popular cumplió con su obligación informativa.

La sentencia reprocha la nula información que ofreció al afectado sobre el riesgo y las características de la permuta financiera por ser la entidad quien ofreció el producto. El cliente en ningún momento solicitó contratar un producto como los swaps.

En Asturias, la Audiencia Provincial ha confirmado la condena a Banco Popular en la que se le obligaba la devolución de casi 7.000 euros a otro cliente particular, una vez más bajo la dirección letrada de Marcelino Tamargo.


Dirección letrada: Hernández Ruiz
Banco: Banco Popular, S.A.
Producto: Permuta financiera
Perfil: Particular
PDF: S_131205_BPOPULAR_JPI4_ORIHUELA_PART_SIN.pdf


Dirección letrada: Marcelino Tamargo Menéndez
Banco: Banco Popular, S.A.
Producto: Permuta financiera
Perfil: Particular
PDF 1ª Instancia: S_130409_BPOPULAR_JPI5_AVILES_particular_SIN.pdf
PDF Audiencia: S_130626_BPOPULAR_AP5_OVIEDO_CONFIRMA_130409_JPI5_AVILES_PART_SIN.pdf

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