Nueva condena a Bankia por la comercialización irregular de preferentes y subordinadas a un cliente particular. En este caso, ha sido el Juzgado de Primera Instancia número 71 de Madrid quien ha estimado la existencia del incumplimiento de la Ley del Mercado de Valores y la normativa MIFID por parte de la entidad, ya que no ofreció la diligencia informativa exigida para la comercialización de productos financieros complejos y de riesgo a un cliente minorista.
Como en otros casos, se presentó el producto como una inversión segura, similar a un plazo fijo pero con mayor rentabilidad y con la posibilidad de recuperar el dinero en 24 horas.
Durante la contratación se remarcó en todo momento los aspectos positivos de los contratos, omitiendo o minusvalorando los riesgos de pérdida de la inversión en caso de que la solvencia de la entidad se viera cuestionada.
De este modo, Bankia deberá reembolsar al afectado la cantidad que invirtió hasta en tres ocasiones en deuda subordinada y participaciones preferentes, alcanzando un total de 110.000 . Una suma que perdió casi en su totalidad después del posterior canje obligatorio por acciones.
Banco: Bankia.
Producto: Preferentes y subordinadas.
Perfil: Particular.
PDF:S_141013_BANKIA_JPI71_MADRID_PREFERENTES_SUBORDINADAS_ACCIONES_PART_SIN.pdf