La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 26 de marzo de 2019 confirma que el criterio que ya habían tomado algunos jueces era el correcto: declarada nula por abusiva la cláusula de vencimiento anticipado, procede el archivo del procedimiento.
Antes de que se generasen dudas por la Sentencia del TJUE sobre el vencimiento anticipado sobre lo que ocurriría con una ejecución hipotecaria ya iniciada, tras ser declarada la cláusula abusiva, algunos tribunales ya archivaban los procedimientos de ejecución hipotecaria.
A finales de febrero, la magistrada del JPI1 de Sabadell estimó la oposición formulada por ASUFIN y acordó sobreseer el proceso de ejecución a una pareja asociada. Eso sí, declarando que cada parte asuma las costas causadas.
ASUFIN fundaba su oposición en la abusividad del vencimiento anticipado, comisión de apertura, gastos, interés de demora, índice IRPH y varias cláusulas más. La juez recuerda que el TS ya ha considerado abusivo el vencimiento anticipado: «una cláusula que permite la resolución con el incumplimiento de un solo plazo, incluso parcial y respecto de una obligación accesoria, debe ser reputada como abusiva«. Por tanto, procede declararla nula.
Banco Sabadell no puede dar por vencida la obligación y debe acudir al proceso declarativo que corresponda
Dice la sentencia: » Esta declaración conlleva que la parte acreedora no esté facultada para dar por vencida la obligación y, por lo tanto, proceda sobreseer este proceso (art. 695.3 LEC) y que la actora deba acudir al proceso declarativo que corresponda para hacer valer el incumplimiento definitivo del deudor«.
Al eliminar esta cláusula del contrato, Banco Sabadell no puede darlo por vencido y reclamar la totalidad de lo adeudado. Debe acudir al proceso declarativo, y esperar la vista de su procedimiento en unos juzgados colapsados, igual que los consumidores.
El JPI5 de Toledo ha estimado la oposición a la ejecución y ha procedido a su archivo
En los últimos días hemos recibido también otro auto del JPI5 de Toledo contra Banco Popular con los mismos argumentos y recordando que el TJUE ya ha fallado que los jueces nacionales están obligados únicamente a dejar sin aplicación la cláusula abusiva, procediendo en su caso a la anulación, a fin de que ésta no produzca efectos vinculantes para el consumidor.
Si bien la resolución es del 18 de marzo, es decir, unos días antes de la sentencia del TJUE, el juez ya aplicaba el criterio que posteriormente se establece en la sentencia, a saber, que la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado impide la continuación del procedimiento de ejecución por lo que se archiva el mismo.
Por otro lado, la abogada Verónica Dávalos, especialista en derecho bancario, abogada de la PAH y conocida por su defensa de los consumidores, informaba hoy en twitter que le habían dado traslado para decidir si quería seguir adelante con la ejecución o prefería el archivo
https://twitter.com/davalosalarcon/status/1115192093587251202
Felicitamos a nuestros asociados y a la abogada colaboradora, Vanesa Fernández Escudero, por este éxito que es una bocanada de oxígeno para muchos afectados. También a los abogados colaboradores, Loleta Linares y Fernando Gavín por la defensa de estos consumidores. En ASUFIN hay un equipo jurídico solvente y comprometido siempre dispuesto a estudiar tu caso y aconsejarte lo más beneficioso para tus intereses.
info@asufin.com
Dirección Letrada: Vanesa Fernández Escudero
Banco: Banco Sabadell
Producto: Ejecución hipotecaria/ Vencimiento anticipado / IRPH
Perfil: Particular // ASUFIN
Pdf: Auto archivo del JPI1 de Sabadell
Dirección Letrada: Loleta Linares / Fernando Gavín
Banco: Banco Popular
Producto: Ejecución hipotecaria/ Vencimiento anticipado
Perfil: Particular // ASUFIN
Pdf: Auto archivo del JPI5 de Toledo
Un comentario
Mi más sincera enhorabuena a ASUFIN, a los afectados y a todo su equipo de abogados, procuradores y peritos. A sus Señorías mi más sincera admiración, por poner freno a este expolio.
Es inmoral lo que está sucediendo en España, por un lado el Banco de España y el Banco Central Europeo para ayudar a los Bancos Españoles les prestan el dinero al 0%, lo lógico sería que estos Bancos utilizaran ese dinero para ayudar a las personas, familias, autónomos, empresas que están en apuros, pero esto no sucede. Al cliente que no puede hacer frente a los pagos le ejecutan cruelmente.
Si le novan las condiciones, le atizan en un préstamo HIPOTECARIO un 6-7%. Conozco varios casos, especialmente pequeños empresarios, avalistas y autónomos. Obviamente ese cliente nunca más levanta cabeza, pues paga más intereses que amortización de capital.
Es una auténtica vergüenza que la ayuda del Banco Central Europeo a los Bancos no llegue a sus clientes y que los medios de comunicación más importantes (controlados por los bancos) no se hagan eco de esta triste realidad que está diezmando a la clase media.