La justicia recuerda que la firma de un contrato no implica su aceptación

Más condenas contra las permutas financieras de Bankinter. Una PYME ha logrado cancelar su contrato ya que la entidad bancaria fue incapaz de demostrar que cumplió con su deber de informar.

Bankinter ha sido condenado de nuevo por la venta fraudulenta de permutas financieras a pequeñas empresas. En esta ocasión, los administradores de la PYME eran personas con una educación básica y sin estudios financieros a los que el banco no les explicó debidamente el producto y sus características.

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pola de Siero, en Asturias, considera que el banco ofreció a la empresa un producto para proteger los costes ante las posibles subidas de los tipos de interés, cuando en verdad lo que vendía fue “un contrato de elevado riesgo que podía comportar pérdidas”, como finalmente ocurrió.

Bankinter en ningún momento del juicio pudo demostrar que cumplió con su deber: el de informar correctamente sobre las características y riesgos de la permuta financiera. Recuerda la sentencia que la firma no implica la libre aceptación de los términos del acuerdo como tampoco “las genéricas invocaciones”, como las que realizaron los testigos de Bankinter.


Dirección letrada: Jorge Álvarez de Linera
Banco: Bankinter, S.A.
Producto: Permuta financiera
Perfil: PYME
PDF: S_130325_BANKINTER_JPI2_SIERO_PYME_SIN.pdf

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