La AP de Valencia confirma la nulidad de los swaps que Bankia colocó a 9 fotovoltaicas

La entidad bancaria, que en el momento de la firma de los contratos contaba con el nombre Bancaja, tendrá que devolver a ocho de las SLU (Sociedad Limitada Unipersonal) la cantidad de 30.393 euros y 18.236 a la novena empresa.

Así lo ha dictado la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia, que ha ratificado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 11 de la misma ciudad meses atrás.
El nuevo texto jurídico recuerda que la Ley del Mercado de Valores recoge el deber de los bancos de actuar con transparencia y diligencia profesional. Además la mencionada ley, exige a las entidades crediticias facilitar toda la información necesaria sobre los productos, en palabras del legislador “para que el cliente pueda decidir sobre sus inversiones con conocimiento de causa”.
Cuando además, el cliente sea considerado como minorista, el banco tendrá que esmerarse en su deber informativo llegando a cerciorarse de que el cliente efectivamente entienda el funcionamiento del producto,” incluso a través de ejemplos si fuera necesario”.

El propio director de la sucursal de Bancaja reconoció que vendió los nueve productos como cobertura frente a los riesgos derivados del tipo de interés leasing.
También el informe pericial deja unas conclusiones aplastantes: lo que realmente se concertó fue más un negocio de inversión o especulación, nada tenía que ver con lo ofertado o publicitado, los swaps fueron ofrecidos directamente por el banco sin que el cliente pusiera de manifiesto su deseo de contratar un producto de ese tipo…

De forma que, teniendo en cuenta que  los productos que Bancaja (ahora Bankia) vendió al representante legal de las 9 pymes no se ajustaba a lo que el propio cliente deseaba y entendía, los jueces confirmaron el error en el consentimiento que el Juzgado de Primera Instancia ya dictó en su momento. Dice también la nueva sentencia que este hecho conllevó por ende “a una información contractual y precontractual no veraz e incorrecta determinando un conocimiento defectuoso al contratante (…) “.


Recordamos que la parte de AUTOS continúa siendo actualizada. Actualmente hemos subido más autos sobre la cláusula de arbitraje de BBVA, y en estos momentos el ranking se encuentra así: 21 que desestiman la declinatoria frente a los 9 que sí estiman la declinatoria propuesta por el banco.


Dirección Letrada: Benjamín Jose Prieto Clar
Perito: Miguel Gálvez
Banco: BANCAJA (ahora Bankia)
Producto: Swaps
Perfil: Pymes
PDF: S_120222_BANCAJA_AP9_VALENCIA_CONFIRMA_110915_JPI11_VALENCIA_9PYMES_SIN.pdf

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