A la vista de este abrumador dato, una autoridad independiente como la que pide ASUFIN desatascaría los tribunales y pondría coto al despilfarro para las arcas públicas y los afectados
Durante el año 2020, ingresaron en los juzgados especializados en cláusulas abusivas 110.426 asuntos, según los datos que ha difundido hoy el Consejo General del Poder Judicial, lo que supone apenas 22.045 menos –un 16,64 %- que en 2019, pero que a juicio de ASUFIN, sigue siendo lo suficientemente elevada como para considerar que la tan reiteradamente pedida autoridad bancaria independiente contribuiría a desatascar de forma notable la litigiosidad bancaria, que por su elevado coste económico no es deseada por el consumidor financiero y supone todo un despilfarro.
Esta consideración se suma al dato del éxito en los tribunales del consumidor financiero, que en 2020 se volvió a situar cercano al 100%. En concreto, según los datos del CGPJ, durante 2020, los juzgados especializados dictaron un total de 97.450 sentencias, cifra que aumenta hasta las 296.212 si se cuentan desde el 1 de junio de 2017. El número de ellas que fueron favorables al cliente ascendió a 95.449, lo que equivale al 97,9 %. Muy similar es el porcentaje de asuntos resueltos a favor del cliente desde que se pusieron en marcha los Juzgados especializados: el 97,2 % de las 296.212 sentencias dictadas fueron estimatorias.
Esto demuestra, en palabras de Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, “que se trata de litigios en los que masivamente tiene la razón el consumidor por lo que un órgano extrajudicial avanzaría en la rápida resolución de estos contenciosos de consumo financiero, con el consiguiente ahorro para las arcas públicas y los bolsillos de los consumidores que muchas veces no pueden afrontar los altos costes de un procedimiento”.
Suárez añade que “es responsabilidad del Gobierno y de las comunidades autónomas de dotar de medios a los tribunales, de lo contrario están vulnerando el principio fundamental de la Constitución española al estarse produciendo dilaciones indebidas”.
El Supremo reduce a 5 años el plazo para reclamar el dinero de las revolving, algo que vemos inadmisible
Las tarjetas revolving se comercializan en nuestro país desde los años 90; es escandaloso que el Supremo reduzca a cinco años el periodo de restitución del dinero cobrado de más por la banca
Ganamos la primera sentencia por falta de transparencia en revolving que aplica el nuevo criterio del Supremo
Obliga a la devolución de más de 16.000 euros en concepto de intereses cobrados de más en el caso de una tarjeta de Barclays, asumida por WiZink y cuyo crédito fue cedido al fondo EOS
Un comentario
Tengo varios préstamos hipo …ya pagados y en curso.podria reclamar aún gastos etc.gracias