IRPH: Nuevas sentencias permiten elegir al consumidor la mejor opción

El Tribunal europeo estimó en su último auto que el juez debe dar a elegir al consumidor si optar por la nulidad del contrato o aplicar un índice sustitutivo

Estos fallos demuestran que la batalla contra este índice lesivo para las familias hipotecadas continúa en los juzgados 

El Juzgado de Primera Instancia 7 de Pamplona ha fallado dos nuevas sentencias que anulan el IRPH-Cajas y permiten al afectado elegir la mejor opción para resarcir el perjuicio económico causado. Es decir, el juez pregunta al cliente qué camino seguir: si bien anular todo el contrato, con la devolución por parte de la entidad de los intereses cobrados, o la sustitución del índice por el Euribor.

Con ello, sigue la doctrina que estableció el TJUE en su último auto sobre IRPH, de 17 de noviembre de 2021, en virtud de la cual el juez debe dar a elegir al consumidor si optar por la nulidad del contrato, con todas sus consecuencias, o aplicar un sustitutivo.

Estos fallos de sendos procedimientos, a cargo del abogado Jorge Iribarren, del Bufete Iribarren Ribas y letrado colaborador de ASUFIN, demuestran que la batalla por tumbar IRPH sigue viva en nuestros juzgados. Patricia Suárez, presidenta de la asociación, declara que “estamos ante unas sentencias ejemplares que, como hemos defendido, dan la palabra al afectado y le permiten elegir lo que más le conviene. Una vez declarado nulo el IRPH, el juez da la posibilidad al cliente de elegir cómo ser resarcido”.

Descarga aquí la sentencia 2007/2021la 1993/2021 del JPI 7 de Pamplona

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