El motivo es el “déficit de información” dado una consumidora en la contratación de su hipoteca que le impidió “comparar otras alternativas del mercado”
ASUFIN insta al resto de AAPP a hacer lo propio, con independencia de que los tribunales diriman si estamos ante una cláusula abusiva
Histórico paso dado por la primera administración pública competente en Consumo que prepara un expediente sancionador contra una entidad bancaria por contratar una hipoteca en IRPH. La Dirección General de Consumo del Govern de Illes Balears, liderada por Félix Alonso Cantorné, enviará “en breve” un requerimiento previo a la entidad como paso previo al expediente sancionador que preparan, según fuentes del propio departamento, y que seguirá el cauce reglamentario de alegaciones por parte de la entidad.
En concreto, razonan que en la contratación de este índice no ha habido transparencia ni se le ha informado al consumidor con “claridad, concreción y sencillez”, tal y como exige la directiva de protección a los consumidores. A ello se suma que la aplicación del IRPH no se hizo conforme indicaba la Circular 5/1994 sobre transparencia de las operaciones y protección de la clientela con la advertencia del Banco de España de que los préstamos en IRPH debían contratarse con un diferencial negativo: “Su simple utilización directa implicaría situar la TAE por encima del tipo practicado por el mercado”.
Para ASUFIN esto representa un auténtico paso adelante. En palabras de Patricia Suárez, presidenta de la asociación: “El resto de AAPP competentes en Consumo tendrían que replicar esta iniciativa y preparar fundados escritos de índole sancionadora que obligue a las entidades a explicar porqué colocaron en el mercado un índice claramente lesivo para los intereses de los consumidores. El Constitucional avaló que las AAPP no tienen porqué esperar a las decisiones que tomen los tribunales si aprecian mala fe o déficit en la contratación de los productos”.