UN INGENIERO MADRILEÑO SOCIO DE ASUFIN GANA UN SWAP A BANKINTER

[column size=one_half position=first ]» El banco recomendó al cliente contratar un seguro frente a las subidas de tipos de interés, lo que le supueso unas pérdidas de 4752,36 euros.[/column]
[column size=one_half position=last ]»El Magistrado estima la nulidad del contrato y ordena a la entidad que devuelva ese dinero, más intereses, y  pague las costas.[/column]

 

Un ingeniero técnico industrial, socio de ASUFIN, ha conseguido que el Juzgado de Primera Instancia Nº57 de Madrid estime su demanda contra Bankinter. El madrileño había perdido casi 5000 euros tras contratar un seguro frente a las subidas de tipo de interés que el propio banco le había recomendado. Un abogado de ASUFIN interpuso la demanda contra la entidad por la incorrecta comercialización del producto.

El letrado argumentó que Bankinter presentó al cliente un producto complejo y especulativo que no se correspondía con su perfil ni con sus circunstancias económicas. También puso de manifiesto que no se le informó convenienemente, por lo que concurrieron vicios en el consentimiento.

Bankinter alegó caducidad del contrato, una información conveniente al demandante sobre las características y riesgos de lo contratado y la improcendencia del vicio.

El afectado no era experto en productos financieros y contrató con la entidad una subrogación de hipoteca estableciéndola en 100.000 euros: el tipo básico de referencia del interés era el Euribor más un margen constante de 0.75 %

Dos años después, en 2006, fue el banco el que recomendó al cliente contratar un seguro para cubrirse frente a las subidas de tipo de interés. El socio de ASUFIN firmó el «Contrato de intercambio de tipos/cuotas» el 30 de octubre. Desde la fecha de inicio el afectado sólo ha recibido liquidaciones negativas.

Para el juez no hay caducidad porque ésta no puede quedar fijada antes de que el cliente tenga conocimiento de la exisencia de dicho error. Pero si hay una falta del Banco en lo referente a la información, deberes con los que no cumplió. Bankinter no ha podido probar que el afectado conociera los riesgos del contrato antes de su firma y entiende que no es el consumidor quien tiene que buscar asesoramieno externo: ha de ser el Banco, mas preparado, quien le explique todo cuidadosamente.

No advertirle del riesgo económico que corría, en el caso de que los intereses fueran inferiores al Euribor, y de los riesgos patrimoniales asociados al coste de cancelación permiten presumir el error: sólo con un conocimiento exhaustivo el usuario puede prestar válidamente su consentimiento.

Lo que si parece, continúa el magistrado, es que la entidad tenía acceso a información privilegiada y podía prevér la evolución de los tipos y atisbar la crisis financiera que se avecinaba en el momento del intercambio.

El contrato de intercambio de tipos/cuotas ha sido declarado nulo y Bankinter ha sido condenado a abonar la cantidad de 4.752,36 euros, más el interés legal desde la fecha de sus respectivos cargos, así como a las costas.

En los casos de permuta financiera es especialmente relevante la elección del abogado. Estamos muy agradecidos con nuestros abogado colaboradores Fernando Gavín y Loleta Linares por conseguir esta victoria para los consumidores. Pon tu defensa en las mejores manos: ASUFIN es una asociación de consumidores comprometida y con calidad jurídica contrastada.


Dirección Letrada: Fernando Gavín y Loleta Linares
Banco: Bankinter
Producto: SWAP
Perfil: Particular

Pdf:S_170629_BANKINTER_JPI57_MADRID_SWAP_ASUFIN_SIN

 

 

 

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