HMD: La Audiencia Provincial de Madrid sigue dando buenas noticias a los asociados de ASUFIN

Nueva sentencia favorable a un matrimonio asociado a ASUFIN en relación a una hipoteca multidivisa. La Sala 28 de refuerzo de la Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la sentencia de instancia y ha condenado a Bankinter a anular la cláusula multidivisa y dejar el préstamo referenciado a euros.

Vuelven los magistrados a dar la razón a los consumidores asociados a ASUFIN. En esta ocasión el matrimonio había sufrido una pérdida cercana a los 95.000 euros desde que firmaron con Bankinter su crédito hipotecario en 2005 por 200.000 euros. Con el tiempo, y ante las constantes pérdidas, cambiaron varias veces de divisa y se pusieron en contacto con la asociación.

ASUFIN presentó demanda solicitando la nulidad de la cláusula, pero la juez del JPI48 de Madrid optó por dar validez a las declaraciones de los empleados del banco y falló a favor de Bankinter. El recurso de apelación ha sido visto por la Sala 28 de la AP donde los magistrados, tras repasar la jurisprudencia existente, han pasado a valorar las pruebas.

Los asociados de ASUFIN han sufrido un perjuicio de 94.700 euros después de 12 años pagando puntualmente sus cuotas

Destaca la sentencia que el matrimonio de ASUFIN carece de estudios financieros especializados, uno trabaja en la docencia y otro en un departamento de sistemas. Por esta carencia, resulta erróneo entender que de la mera lectura de las cláusulas del contrato puedan hacerse una idea cabal de lo contratatado. Así mismo, la información precontractual se ciñe a las explicaciones verbales de los empleados de  Bankinter, careciendo de pruebas de que se les realizaran simulaciones de los distintos escenarios que podrían darse en función de la evolución de la cotización de la divisa.

«Esta información era esencial para que la pareja  pudiera valorar la conveniencia de suscribir este producto», dice la sentencia. Las declaraciones testificales de los empleados ofrecen escasa verosimilitud al tribunal,  ya que son testigos que tienen una relación de dependencia laboral con Bankinter.

Los asociados solicitaron 200.000 euros y en 2007, al cambiar de francos a yenes, su deuda era de 298.194

Los asociados de ASUFIN realizaron cambios de divisa. Inicialmente cambiaron de francos suizos a yenes. Aquel cambio supuso que la deuda pendiente quedara en 298.194 €. Posteriormente, en un momento favorable, volvieron a cambiar a euros.

La cuestión se los cambios de divisa ha sido abordada por el Tribunal Supremo en la reciente sentencia 158/2019, de 14 de marzo de 2019, en cuyo apartado 12 del fundamento jurídico 8º viene a decir que esos cambios no suponen que en el momento de la celebración del contrato tuvieran información de la naturaleza y de los riesgos asociados.

Los magistrados de la AP28 recuerdan que el TS ya falló que los cambios de divisa son posteriores a la firma, y que la transparencia se tiene que dar antes de esa firma.

Por tanto, «los cambios de divisa operados con posterioridad a la fecha en que se contrató el préstamo hipotecario no presuponen que los prestatarios hubieren sido informados de forma suficiente sobre la naturaleza y riesgos de la cláusula multidivisa en el año 2005, y en todo caso ello correspondería probarlo no a los prestatarios, sino a la entidad demandada, que en el caso no ha probado».

Por todo ello, estiman el recurso de ASUFIN y revocan la sentencia del JPI48 de Madrid. Declara la nulidad parcial del contrato en todos los contenidos referentes a la opción multidivisa y condenan a Bankinter a
recalcular y rehacer los cuadros de amortización del préstamo hipotecario. La entidad debe contabilizar el capital que efectivamente debió ser amortizado, de haber sido éste amortizado en euros, y aplicar el Euribor, teniendo en cuenta también cualesquiera comisiones y gastos pagados.

A fecha de la demanda, y pese a llevar más de 11 años pagando sus cuotas, su deuda con Bankinter era de 214.362

Felicitamos a nuestros dos asociados y a los abogados colaboradores, Loleta Linares y Fernando Gavín, por este fallo. Con la esperanza puesta en que Bankinter cumpla ahora con lo dictado por los magistrados, volvemos a animar a todos los afectados por un abuso bancario a que nos consulten. ASUFIN tiene un equipo jurídico solvente y comprometido que nos está dando muchas alegrías.

Dirección Letrada: Loleta Linares / Fernando Gavín
Perito: Enrique Mestre
Banco: Bankinter
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: Sentencia favorable de la AP28 de Madrid

 

 

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2 respuestas

  1. Que buenas noticias se leen a menudo por aqui!!! Creo que a muchos nos gustaría saber si esas sentencias favorables a los afectados en AP son luego firmes y no son recurridas de nuevo por Bankinter a una instancia superior (no se si Tribunal Superior) … y sobre todo si llegan a ejecutarse y hay que seguir peleando después con el banco para que lo ejecute.

    Gracias.

    1. Gracias, Juan.
      Haremos una recopilación. Pero sí, se están quedando firmes (algunas hasta en primera instancia). Bankinter ya tiene sentencia del Supremo en contra, y ha parado de recurrir. Lo de la ejecución, va por barrios. Unos bancos son más rápidos que otros. Pero, al final, todo llega. Un abrazo.

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