La sala 28 de refuerzo de la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia estimatoria del JPI2 de Fuenlabrada y condena a Bankinter a anular la cláusula multidivisa con el recálculo del capital pendiente en euros.
Por fin la AP28 de Madrid ha dado una inmensa alegría a una pareja asociada a ASUFIN que llevaba tiempo esperando esta sentencia. El matrimonio, que había sufrido un perjuicio económico de más de 118.000 euros en un crédito de 205.000€, podrá vivir ya tranquilo sin esa angustia que les ha producido la contratación de su crédito hipotecario con Bankinter.
Todo empezó en el año 2007, cuando estos asociados, el un trabajador sin estudios superiores y ella ama de casa, solicitaron una hipoteca para comprar su vivienda habitual en Fuenlabrada. Bankinter les recomendó que lo hicieran en yenes porque, de ese modo, podrían hacer frente a las cuotas con más comodidad, dado que el Euribor estaba entonces muy alto.
Durante los años 2007 y 2008 Bankinter desarrolló una intensa campaña para captar clientes de hipoteca multidivisa, contratando más de 5.000 millones en créditos
Como demostró el perito colaborador, Julio César Calvo, durante los años 2007 y 2008 Bankinter llevó a cabo una intensa campaña publicitaria de este producto, y contrató hipotecas multidivisa por un valor superior a 5.000 millones de euros. Esto ocurría cuando los inversores internacionales estaban haciendo justo lo contrario, ante la total certeza de la subida del yen frente al resto de las monedas.
El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Fuenlabrada falló a favor del asociado de ASUFIN y condenó a Bankinter a anular la cláusula y a recalcular en euros el capital pendiente. Bankinter recurrió y la AP28 de Madrid concluye, una vez estudiadas las pruebas, que la entidad no hizo uso del doble control de transparencia necesario en este tipo de productos.
El matrimonio de ASUFIN tenía un capital pendiente de 2004.000 euros cuando debía ser de 90.000€
En la información precontractual no constan los riesgos que este producto conlleva para un consumidor sin experiencia financiera. Tampoco se ha aportado la oferta vinculante, ni los recibos mensuales, ni se especifica referencia alguna al aumento del capital en el cambio de divisa, que le supuso cuantiosas pérdidas. Así mismo, los magistrados no otorgan al testimonio del testigo, empleado de Bankinter, valor probatorio.
Desestiman, por tanto, el recurso del banco y confirman, íntegramente, la sentencia apelada. Se anula la cláusula multidivisa y condena a Bankinter a reconfigurar el contrato. La cantidad adeudada es el saldo vivo referenciado a euros, resultante de disminuir al importe prestado (205.000€) la cantidad amortizada, también en euros, en concepto de principal e intereses.
Enhorabuena a esta pareja de luchadores y al abogado colaborador, Ismael Olmo, por este importante éxito. El futuro es ahora mucho menos inquietante. En este tipo de procedimientos, contar con letrados solventes y comprometidos es fundamental. En ASUFIN nos preocupamos de que los consumidores tengan la mejor defensa. Si has sufrido un abuso bancario no te quedes sin reclamar, escríbenos a info@asufin.com
Dirección Letrada: Ismael Olmo / Iván Sánchez Moreno
Perito: Julio César Calvo
Banco: Bankinter
Producto: Hipoteca multidivisa
Perfil: Particular/ASUFIN
Pdf: Sentencia estimatoria de la AP28 de Madrid