La sala 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a BBVA a anular la cláusula multidivisa por falta de transparencia y por abusividad, confirmando la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 43.
La asociada de ASUFIN se libra de una hipoteca contratada en 2008 en yenes a la que hizo frente con subidas constantes de cuotas y cuyo capital, al día del juicio, no había podido amortizar y era, incluso, superior al contratado
Llegan buenas noticias de Barcelona con una sentencia de la AP 15 que da la razón a una asociada de ASUFIN en una sentencia muy elaborada. Para la sala, no hay duda de que la cláusula no es trasparente y, además, es abusiva por el desequilibrio injustificado que generó a esta joven.
En 2008 nuestra asociada se acercó a una sucursal de Catalunya banc para solicitar un crédito para lo que iba a ser su vivienda habitual. Ellas es programadora informática y buscaba la mejor financiación para hacer frente a las cuotas. En el banco le hablaron de hacerlo en yenes y, comparando los intereses (1% en yenes , 4,20% en euros) se decidió y solicitó 270.000 euros.
Las subidas constantes y desproporcionadas, y la falta de información en su entidad, le llevaron a ponerse en contacto con ASUFIN. Cuando nuestro perito colaborador David Muntané le mostró las pérdidas ocasionadas por este contrato, decidió demandar.
La sala 15 de la Audiencia Provincial razona exhaustivamente la falta de transparencia y la abusividad de la cláusula multidivisa
ASUFIN ya había ganado en primera instancia donde el fallo dejaba claro que la carga probatoria sobre que se hubiera dado una información clara y comprensible, era de BBVA. Dado que el banco no podía acreditar esa transparencia (el ex director, ya fuera de la empresa, no recordaba a la afectada), la juez anuló la cláusula manteniendo el resto del contrato en euros.
El fallo de primera instancia condenaba a BBVA a aplicar el tipo de referencia Euribor +0,90%. Una vez deducido lo abonado de más, se determinaría el capital pendiente de amortización. BBVA recurrió este fallo con los argumentos clásicos (caducidad, indisolubilidad del contrato y transparencia sin abusividad en su tramitacion) y perdió.
La magistrada ponente de la AP15, basándose en las últimas sentencias del TJUE y el TS español, concluye que el banco, sin evaluar la idoneidad de la consumidora, le ofreció un producto complejo. Dice que si sólo se le expusieron las ventajas esta contratación se hizo baja la única premisa de que pagaría menos en la cuota.
BBVA no ha acreditado que se le informase de los riesgos, sobre todo que si aumentaba la cotización del yen afectaría al capital prestado. La conclusión tras una exhaustiva investigación de los hechos y pruebas, es que la esa cláusula no fue incorporada de manera transparente.
Pero, además de la falta de transparencia, los magistrados también observan abusividad. Se creó en la asociada de ASUFIN un desequilibrio injustificado ya que a pesar de pagar sus cuotas puntualmente, no sólo no ha amortizado nada su capital, sino que debe una cantidad superior a la inicial. La AP15 confirma totalmente al JPI43 de Barcelona.
Felicitamos efusivamente a nuestros abogados colaboradores Oscar y Monserrat Serrano, así como a David Muntané por este gran éxito que deseamos sea el principio de muchos en esta sala. Su compromiso y solvencia son una garantía siempre para alcanzar el éxito. Pero nuestro mayor afecto es para la asociada de ASUFIN con la que celebramos este triunfo que a ella la libera de un gran peso y a todos nos llega de alegría.
Dirección Letrada: Oscar Serrano
Contrario: Catalunya Banc /BBVA
Producto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Minorista/ socio de ASUFIN Perito: David Muntané
Pdf: S_180618_CATALUNYABANC_BBVA_AP15_BARCELONA_CONFIRMA_170418_JPI43_HMD_ASUFIN_SIN