MULTIDIVISA: Bankinter vuelve a perder contra ASUFIN en el JPI101 de Madrid

El juzgado especializado 101 bis de Madrid ha estimado la demanda presentada por ASUFIN solicitando la nulidad del clausulado multidivisa del préstamo contratado por nuestros asociados. El juez ha condenado al banco a recalcular el cuadro de amortización como si de un préstamo en euros se tratara. Bankinter vuelve a perder por falta de transparencia.

El matrimonio asociado a ASUFIN, aconsejado por un familiar, solicitó su hipoteca en Bankinter para adquirir su vivienda habitual. Ninguno tenía específicos conocimientos financieros ni habían contratado productos de riesgo. Aceptaron referenciar el préstamo en francos suizos porque les aseguraron que era una moneda muy estable y que las cuotas serían más asequibles.

El crédito hipotecario se firmó a finales de 2005 por 256.967 francos suizos, equivalente a 164.250 euros. Según el informe pericial del perito colaborador, David Muntané, en esa fecha ya existían indicios de que la divisa se encontraba infravalorada, por lo que se preveía una apreciación a medio y largo plazo. Sin embargo, Bankinter no realizó simulaciones ni advirtió del riesgo que esto podía conllevar para su patrimonio.

El préstamo fue de 164.250 € a finales de 2005 y en 2017, tras haber pagado un total de 109.815€, su deuda pendiente con Bankinter era de 140.638€

La pareja era consciente de que las cuotas podían variar, como declararon en el juicio, por lo que inicialmente no prestaron atención a las subidas. Fue cuando fueron conscientes de que, pese a llevar pagando muchos años, el capital adeudado apenas disminuía cuando se pusieron en contacto con ASUFIN y el letrado colaborador, Rodrigo Royo López, demandó a Bankinter.

En la pericial se destacaba que el matrimonio, a pesar de haber pagado menos intereses que en una hipoteca convencional, tenían un perjuicio económico de 53.894,40 euros. Desde el inicio del crédito hasta la fecha de la demanda, en 2017, los asociados de ASUFIN  han pagado un total de 11.419,23 euros de más en cuotas (interés más capital) y han visto aumentado el capital pendiente de amortizar en 42.475,16 euros.

La pericial de ASUFIN estima el sobrecoste en 53.894 euros

A pesar de haber ingresado en  Bankinter 109.815 euros, su deuda era de 140.638 euros, es decir, apenas 25.000 euros menos de lo solicitado en 2005. Si hubieran formalizado su crédito en euros y referenciado al Euribor, hubieran pagado en estos años 98.396 y deberían 98.163. Contando, además, las comisiones por cambio de divisa, el sobrecoste que este matrimonio ha pagado es de 53.894 euros.

El magistrado del JPI101 bis de Madrid, en su sentencia, estima que no ha quedado acreditado que los consumidores fuesen debidamente informados de los riesgos. El empleado de Bankinter no recordaba nada de la contratación y el banco no ha aportado ni un solo documento que certifique que suministró todos los elementos de juicio suficientes para que la pareja evaluara las consecuencias económicas de su decisión.

Ningún documento acredita que el banco informó adecuadamente y la escritura, dice el juez, contiene conceptos técnicos difíciles de entender

El exámen de la escritura de préstamo, añade la sentencia, permite comprobar que el clausulado contiene conceptos técnicos y remisiones difíciles de entender por quién no es experto financiero. «Principalmente, resulta criticable que el texto utilice conceptos no definidos previamente (como, por ejemplo, la expresión el «límite pactado».Tampoco su ubicación -enmascarada en los exponentes de la escritura, fuera de las cláusulas financieras, ayuda a ello».

La naturaleza y complejidad de este producto obliga a la entidad comercializadora a ser muy cuidadosa con los consumidores. Lo que echa en falta el juzgador es una prueba que  indique que los asociados de ASUFIN comprendieron en toda sus extensión los graves riesgos y consecuencias que el tipo de cambio tenía en el funcionamiento del préstamo. Por tanto, concluye que las cláusulas multidivisa no superan el control de transparencia.

Los tribunales siguen condenando a Bankinter por falta de transparencia y abusividad

En consecuencia, declara la nulidad de dichas cláusulas por falta de transparencia y abusividad y condena a Bankinter a «recalcular el cuadro de amortización con la cantidad prestada en euros y aplicando el tipo de
interés pactado en la escritura más el diferencial estipulado». Bankinter, además, tendrá en cuenta los pagos
realizados, procediendo a la restitución de las parte que excedan de las cuotas con arreglo al nuevo cuadro.

Felicitamos a nuestros asociados y al abogado colaborador, Rodrigo Royo López, por este fallo. ASUFIN sigue ganando en los tribunales y recuperando el dinero pagado de más por nuestros asociados gracias a que cuenta con un equipo jurídico solvente y comprometido de colaboradores. Los escasos asociados que han visto desestimadas sus demandas pueden estar seguros de que se sigue luchando para hacer valer sus derechos.  Consúltanos: info@asufin.com

Dirección Letrada: Rodrigo Royo López
Perito: David Muntané
Banco: Bankinter
Producto: HMD
Perfil: Particular / ASUFIN
PDF: 22.07.209 Sentencia favorable del JPI101 de Madrid

 

 

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