TRANQUILIDAD: Anulada en Massamagrell

[column size=one_half position=first ]» Las cláusulas de la Hipoteca Tranquilidad de Banesto son declaradas nulas por falta de transparencia en Valencia[/column]
[column size=one_half position=last ]» La entidad deberá recalcular las cuotas del préstamo sin devengo de intereses desde el inicio hasta su vencimiento, con condena en costas procesales[/column]

En marzo de 2008, el demandante contrató con Banesto una hipoteca Tranquilidad para financiar su vivienda habitual. La entidad no proporcionó oferta vinculante ni tampoco un análisis de diversos escenarios posibles, con un sistema de amortización geométrica. La deuda ascendió a 195.140€ con un tipo fijo anual durante los primeros 10 años al 5, 75%; y un tipo de interés variable a partir del décimo año de Euribor más 0,70 puntos. Así, las cuotas se incrementarían cada año en un 2% respecto a la cuota del año anterior.

Fue una empleada de la entidad quien comercializó este producto, mediando dos o tres reuniones previas donde, según la misma, se explicó la hipoteca y la documentación. En este sentido, señaló que «seguramente» le explicó el producto al cliente; y se «imagina» que le diría al afectado que tendría que pagar de más. Por último, también se «imagina» que le explicaría la posibilidad de capitalización de intereses y la repercusión que tendría en su economía.

Tras el análisis de las cláusulas, la jueza concluye que estas superan el control de incorporación pero no el de transparencia. Para que la cláusula sea transparente, el adherente debe conocer con sencillez la carga económica que esta supone. En este sentido, del informe pericial se desprende que esta hipoteca es poco intuitiva, añadiendo además que se trata de una hipoteca peligrosa.

La jueza estima la demanda a favor del afectado y declara nulas por falta de transparencia las cláusulas de la hipoteca. Asimismo, es nula la cláusula de interés variable que determinaba un índice sustitutivo IRPH Entidades; y la cláusula de vencimiento anticipado.

Banesto, ahora Banco Santander, deberá recalcular las cuotas del préstamo sin devengo de intereses. Esto será desde el principio del préstamo hasta la fecha de su vencimiento; devolviendo así las cantidades resultantes de los intereses cobrados en virtud de las cláusulas nulas. Todo ello con expresa condena en costas procesales a la financiera.


Dirección Letrada: Aránzazu Jurado Alcoriza
Banco: Banesto, ahora Banco Santander
Producto: Hipoteca Tranquilidad
Perfil: Particular
Pdf: S_170306_BANESTO_BSANTANDER_JPIEI2_MASSAMAGRELL_HIPOTECA_TRANQUILIDAD_PART_SIN

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