El Juzgado declara la nulidad total de la cláusula multidivisa por ser abusiva y condena al Banco Santander a devolver a nuestros socios las cantidades pagadas de más
Desde ASUFN presentamos una demanda contra el Banco Santander, como sucesor del Banco Popular. En dicha demanda, solicitamos la nulidad de la cláusula multidivisa contenida en el contrato de préstamo hipotecario suscrito entre las partes en el año 2011 por ser considerado poco transparente, desproporcionado y abusivo. Además, pedimos que se recalculasen los cuadros de amortización en euros y se devolviese a nuestros socios todas las cantidades pagadas por este concepto.
El Banco Santander se opuso a la demanda alegando que nuestro socio tiene un perfil acostumbrado al manejo de las divisas y a sus cambios, ya que es un piloto afiliado al sindicato SEPLA, y que tuvo información suficiente para conocer las consecuencias de este tipo de préstamos.
La entidad demandada defendió que fue el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas quien negoció con el banco las condiciones financieras a aplicar a todas las modalidades de financiación, por lo que la negociación fue individualizada y que como resultado de esta negociación el consumidor tuvo acceso a información clara, verídica y suficiente sobre el préstamo y sus consecuencias económicas y jurídicas.
El Juzgado de Primera Instancia número 101 de Madrid señala en su sentencia que la acción de declaración de nulidad no está sometida a plazo de prescripción y la de restitución de cantidades no está prescrita. En cuanto a la condición de la cláusula multidivisa confirma que se trata de un producto complejo, además, de una condición general de la contratación.
Tras esto, el juzgado confirma que el hecho de que el demandante sea piloto no confirma que tuviese conocimientos financieros ni un experto en multidivisas. Eso, unido a que no consta que este tuviese información suficiente sobre los riesgos a través del SEPLA y que el Banco Santander no aporta prueba alguna que demuestre la información dada a los consumidores de forma previa a la firma del contrato, hace que este tribunal determina que la multidivisa no reunió las condiciones necesarias para ser calificada de transparente y, por lo tanto, debe de ser declarada nula por abusiva.
Y es por todo ello, que el Juzgado de Primera Instancia número 101 de Madrid, declara la nulidad total de la cláusula multidivisa. Además, condena al Banco Santander a recalcular los cuadros de amortización en euros aplicado como índice de referencia el Euribor; a devolver 71.147€ a nuestros socios por la aplicación de la cláusula y a pagar las costas causadas por el procedimiento.
Producto: Hipoteca multidivisa
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 101, Madrid
Dirección Letrada: Loleta Linares y Fernando Gavín
Fecha: 20.09.2022
Entidad: Banco Popular / Banco Santander