Nuestros socios reclamaron el dinero de una hipoteca multidivisa suscrita con la entidad Barclays Bank, en la actualidad, CaixaBank
Dos de nuestros socios firmaron un contrato hipotecario con Barclays Bank (actualmente, CaixaBank) el 26 de noviembre de 2007. En dicho contrato se incluía una cláusula multidivisa en la que se fijaba el yen y el euro como monedas de referencia. Esta cláusula supuso para los afectados un perjuicio económico de 48.212€.
Por ello, los dos afectados contactaron con nosotros para llevar a cabo una reclamación. Una vez nuestros expertos estudiaron su caso, decidimos llevarlo a los tribunales.
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Así, ejecutamos una demanda en la que solicitábamos que se declarasen nulas las cláusulas multidivisa del préstamo hipotecario suscrito por ser abusivas, así como la condena a la entidad financiera CaixaBank a devolver aquellas cantidades pagadas de más por los afectados.
En su declaración, el Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona declara, en el estudio del control de transparencia, que las cláusulas no pueden limitarse a que sean comprensibles gramatical y formalmente, es decir, que en el contrato estén escritas de forma que sean legibles. Además de eso, la entidad tiene que informar a los prestatarios de tal manera que puedan entender con detalle las cláusulas que se les aplican en el contrato, incluyendo aspectos como los riesgos asociados al producto, la simulación de posibles escenarios futuros… En caso de que no se cumpla con esta información precontractual, esto supone un grave desequilibrio entre las dos partes, lo que puede llevar a que la cláusula sea considerada abusiva y, por tanto, nula.
En este caso concreto, el JPI manifiesta que no existe ninguna prueba de que la entidad haya ofrecido a nuestros socios, antes de firmar el contrato, la información necesaria para conocer los riesgos de este tipo de hipoteca. Dentro del contenido del contrato, no hay ni una sola cláusula que exponga los riesgos de forma clara y leal, pudiendo ser incluso malinterpretadas por un consumidor medio.
Por todo ello, el Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona estima la demanda interpuesta en favor de nuestros socios, condenando a la nulidad las cláusulas relativas a la multidivisa, las cuales se eliminarán del contrato como si nunca hubiesen existido.
Además, condena a Caixabank a restituir las cantidades pagadas de más. El importe total es el resultante de recalcular la totalidad de las cuotas del préstamo usando exclusivamente el euro como moneda de referencia. Esto supone que la entidad deberá devolver a los prestatarios 48.212€ por el perjuicio económico sufrido. Adicionalmente, se imponen las costas a la parte demandada, Caixabank.
Producto: Hipoteca multidivisa
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 50 BIS, Barcelona
Dirección Letrada: Vanesa Fernández
Fecha: 03.01.2023
Entidad: Barclays Bank / CaixaBank