» Corresponde a la entidad probar los hechos que determinaban que el cliente conocía todas las características del contrato
» La Sala confirma la condena a Bankinter, con imposición de costas procesales
La Hipoteca Multidivisa fue concertada por el cliente en noviembre de 2007 en Valladolid. El préstamo fue ofrecido por los empleados de la entidad que vendieron la estabilidad de la divisa extranjera frente al euro. Quedó probado que la afectada no presentaba el perfil propio de un cliente proclive a realizar inversiones. Se trata de una cliente minorista con ingresos modestos sobre la que no consta ningún tipo de formación o estudios en materia financiera; y mucho menos en mercados de divisas. En primera instancia, el juzgado de lo mercantil n#1 de Valladolid estimó íntegramente su demanda.
En su recurso, la entidad alegó que la afectada conocía los riesgos desde el primer momento, pero la Sala no aceptó esta afirmación genérica. Esto es porque corresponde a la entidad probar los hechos que determinaban que el cliente conocía todas las características del contrato. En este sentido, el banco no pudo aportar los documentos que permitiesen determinar que la afectada conocía los riesgos en el momento de la contratación.
En consecuencia, la Sala desestima el recurso de apelación de Bankinter, confirmado la resolución de primera instancia de manera íntegra. Todo ello con imposición de las costas causadas en esta segunda instancia.
Dirección Letrada: David González Esguevillas
Banco: Bankinter
Produto: Hipoteca Multidivisa
Perfil: Particular
Pdf: S_170112_BANKINTER_AP3_VALLADOLID_CONFIRMA_160722_JM1_VALLADOLID_HMD_PART_SIN