El Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid declara la nulidad parcial del préstamo multidivisa suscrito en el año 2008 con Banco Popular por falta de transparencia
Desde ASUFIN interpusimos una demanda ejercitando una acción de nulidad del clausurado multidivisa, insertas en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre Banco Popular, actualmente Banco Santander, y nuestros asociados en el año 2008, por su abusividad como consecuencia de su falta de claridad y transparencia.
Banco Santander, se opone a la demanda alegando que las partes fueron debidamente informadas tanto de las características como de los riesgos y de las variaciones del cambio de divisa, además afirma que la cláusula era clara, concreta, sencilla. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid estima íntegramente nuestra demanda, declara la nulidad parcial del contrato en lo referente a la opción en divisas y condena a Banco Santander como sucesor de Banco Popular a restituir a nuestros asociados la cantidad de 44.168€ como consecuencia del recálculo de los cuadros de amortización en euros.
En primer lugar, el juez de este tribunal confirma la condición de consumidor de nuestros asociados y la declaración de nulidad no está sometida a plazo de caducidad. Por otro lado, señala que esta cláusula multidivisa se trata de una condición general de la contratación que no se ha negociado individualmente, ni ha sido redactada previamente e impuesta por la entidad y los demandantes no pudieron influir en su contenido.
En cuanto, al control de transparencia, la doctrina señala que, para superarlo, es fundamental que el consumidor disponga, antes de la celebración de un contrato, de información sobre las condiciones contractuales y las consecuencias de forma clara y comprensible, para que pueda conocer con sencillez tanto la carga económica como jurídica del contrato. Y puesto que, que la entidad demandada no aporta ningún documento de naturaleza precontractual que refleje una previa información de riesgos, este tribunal establece que el clausulado multidivisa este proceso no reúne las condiciones necesarias para ser calificado de transparente.
Además, ya que falta de transparencia también agrava su situación jurídica y produce un grave desequilibrio entre las partes, también se declara el carácter abusivo de la cláusula. Y por todo ello, el Juzgado de Primera Instancia 101 de Madrid declara la nulidad de la cláusula multidivisa, por su condición abusiva debido a la falta de claridad y transparencia. Y como consecuencia, condena a Banco Santander a restituir a nuestros asociados 44.168€ en concepto de cantidades abonadas de más.
Producto: Multidivisa
Juzgado: Juzgado de Primera Instancia 101, Madrid
Dirección Letrada: Víctor Ceballos Niebla
Fecha: 19.11.2021
Entidad: Banco Popular/ Banco Santander