Se declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario suscrito por las partes en la escritura pública en todos los contenidos relativos a la opción multidivisa.
La sentencia recoge que habido una falta de diligencia, transparencia y lealtad. La entidad no cumplió con las normas imperativas en sus obligaciones de información.
En el Juzgado de Primera Instancia #4 de Terrassa nuevamente Caixa Terrasa (Actual BBVA S.A) ha perdido. El 27 de junio de 2016 la justicia ha vuelto a dar la razón a un afectado por Hipoteca Mutldivisa. Como recoge la sentencia aquí adjunta, se declara la nulidad parcial del préstamo hipotecario suscrito por las partes en la escritura pública del 25 de enero de 2007. La nulidad se aplica a todos los contenidos relativos a la opción multidivisa.
Dicha nulidad conlleva la consideración de que la cantidad adeudada por los demandantes es el saldo vivo de la hipoteca reverenciado a euros, resultante de disminuir al importe prestado la cantidad amortizada hasta la fecha, también en euros, en concepto de principial e intereses y que el contrato debe subsistir sin los contenidos declarados nulos, entendiendo que el préstamo que fue de 413.000 equivalentes a 672.255,88 francos suizos y sus amortizaciones deben recalculares en euros desde el momento de suscripción de la hipoteca ultimando como tuipo de interés la referencia fijada en la escritura (EURIBOR a un año + 0,75% punto porcentual).
El cliente minorista no tenía los conocimientos expertos para poder entender la peligrosidad de la operación contratada. «Los riesgos de este instrumento financiero exceden a los propios de los préstamos hipotecarios»
El comercial por tanto colocó un producto cuya naturaleza no era comprendida por el cliente. Partiendo de esta base de desconocimiento, el comercial aprovechó y les recomendó traspasar toda su dedada a la entidad pues tenían hipotecas en mejores condiciones, recomendando formalizar la hipoteca en divisas. El banco no quiso formalizar toda la hipoteca. Este misma les concedió la cantidad de 413.700 euros en divisas y el resto, 364.246 en euros.
Por tanto, el magistrado obliga a que haya una recalculación de todas las cuotas de la hipoteca, desde el momento de la suscripción de la misma referenciando su totalidad al euribor más diferencial, ya que claramente hay un vicio por consentimiento. A su vez, también se obliga a la devolución al actor de las cantidades percibidas en exceso de cada una de las cyoras devengadas y las posteriores que se vayan devengando de acuerdo con el recalculo mencionado.
Producto: Hipoteca Multidivisa
Dirección Letrada: Ignacio Navas
Perfil: Minorista
PDF: S_160627_CTERRASSA_JPI4_TERRASSA_HMD_SIN.pdf