En ASUFIN te informamos sobre la plusvalía por herencia, bonificaciones, plazos y si puedes evitar el pago
Una herencia son los bienes, derechos y obligaciones que adquiere una persona tras la muerte de su anterior propietario.
El heredero queda obligado al pago del impuesto de sucesiones y donaciones y la plusvalía municipal.
- Impuesto de Sucesiones y Donaciones: Se debe pagar al recibir una herencia o una donación y su precio varía en función de la región.
- Plusvalía municipal: El Impuesto de plusvalía se aplica cuando un terreno ha aumentado su valor.
¿Quién deben pagar la plusvalía por herencia?
En el caso de las herencias es el heredero el que está obligado a pagar el impuesto de plusvalía cuando la a propiedad heredada haya aumentado su valor.
¿Cuánto se paga y cómo se calcula?
Para poder calcular la plusvalía municipal es necesario tener en cuenta dos elementos: la base imponible y el tipo impositivo, que varían en cada caso.
¿Existen bonificaciones para la plusvalía por herencia?
En algunos casos es posible acogerse a bonificaciones de hasta el 95% siempre que se soliciten en un plazo de seis meses desde el fallecimiento y se cumplan unos requisitos.
- Si el inmueble heredado es la vivienda habitual.
- Si el inmueble es un local profesional siempre que lo siga siendo durante los cinco años siguientes.
¿Qué plazos existen?
El plazo de pago de la plusvalía de herencias es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento del propietario. Sin embargo, si los herederos no pudiesen pagar podrán solicitar una prórroga de otros 6 meses.
¿Hay posibilidad de exención de pago de la plusvalía?
No habrá que pagar el impuesto de plusvalía municipal en caso de herencia si el bien heredado es un inmueble rústico, si el valor del mismo ha bajado desde su compra o si se le atribuyen al viudo o viuda siempre que estuvieran casados en gananciales.